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Bases de la convocatoria de ayudas para libros y material escolar para familias en situación de dificultad económica para el curso 2021-2022

Bases de la convocatoria de ayudas para libros y material escolar para familias en situación de dificultad económica para el curso 2021-2022

El Ayuntamiento de Miguelturra tiene como objetivo prioritario garantizar la igualdad en el ejercicio del derecho a la educación de los estudiantes de nuestra localidad, por ello viene destinando una partida presupuestaria a tal finalidad, para poder colaborar con las familias al esfuerzo económico que el comienzo de curso escolar les ocasiona.
Ante las dificultades de muchas familias que no pueden abordar los gastos extraordinarios mensuales que suponen la incorporación al nuevo curso escolar, a través de estas ayudas pretendemos apoyar en el gasto que supone la adquisición de dicho material escolar imprescindible en cada caso.

PRIMERA: OBJETO
El objeto de estas ayudas es apoyar en la adquisición de material escolar y/o libros no cubiertos por la Consejería de Educación u otras administraciones, a las unidades familiares en situación de dificultad económica. Se podrá conceder una cuantía a priori no cerrada, ya que se estudiará particularmente cada caso.

En caso de que las solicitudes concedidas sobrepasen el presupuesto municipal asignado, se hará un reajuste de las cuantías a conceder.

SEGUNDA: DESTINATARIOS
Serán destinatarios de estas ayudas las familias de los alumnos matriculados en Centros Docentes sostenidos con fondos públicos durante el curso 2021/2022, en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica.

TERCERA: REQUISITOS
a) Estar empadronados en Miguelturra, el alumno y la madre y /o el padre, y en su caso el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor.
b) Estar matriculado durante el curso 2021/2022 en alguno de los centros docentes sostenidos con fondos públicos.
c) Asistir regularmente a clase durante el curso escolar. Si se produjeran a lo largo del curso escolar 2020/21 situaciones de absentismo escolar no justificado, el Ayuntamiento podrá exigir la devolución de la ayuda concedida o proponer la no participación de la familia en la siguiente convocatoria de las mismas.
d) Ingresos económicos: A efectos de cómputo económico se valorarán los ingresos del conjunto de la unidad familiar (padre, madre o tutores legales de los menores, y/o pareja
de hecho si la hubiera, e hijos/as de ambos, así como otros familiares que convivan en el domicilio). Dichos ingresos no deben superar los siguientes límites económicos mensuales, después de descontar hasta un máximo de 350 euros/mes por pago de alquiler o hipoteca, siempre y cuando esté debidamente acreditado:

• Familia de 2 miembros: 460 euros/mes
• Familia de 3 miembros: 550 euros/mes
• Familia de 4 miembros: 600 euros/mes
• Familia de 5 miembros: 670 euros/mes
• Familia de 6 o más miembros: 770 euros/mes

En los casos de unidades familiares monoparentales y monomarentales el límite económico a aplicar será el del tramo siguiente al número de miembros correspondiente.
e) La ayuda se adopta o enmarca como apoyo al proceso de la intervención social familiar.

CUARTA: CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Las ayudas consistirán en el 100% del presupuesto o factura de los materiales y/o libros solicitados oficialmente por el centro escolar (no financiados por otras administraciones), con un mínimo de 10 € y un máximo de 250 € por presupuesto o factura presentada.

QUINTA: DOCUMENTACIÓN
• Solicitud según modelo oficial. Anexo I.
• Libro de familia (completo).
• Matricula, libro de escolaridad, boletín de notas, o cualquier documento que acredite la escolarización en alguno de los centros que recoge la convocatoria, así como curso que realiza.
• Listado detallado de los materiales y/o libros solicitados oficialmente por el centro escolar.
• Fotocopia del D.N.I. del padre/madre/tutor/responsable, según cuál de ellos figure como solicitante.
• Justificación de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar:
- Si son trabajadores/as por cuenta propia: Copia de la Declaración trimestral (Modelo 130) y copia de los justificantes de las cotizaciones a la Seguridad Social y liquidaciones de los pagos fraccionados de los últimos tres meses. (Se tendrán en cuenta como ingresos mínimos mensuales los de la base de cotización de la Seguridad Social).
- Si son trabajadores/as por cuenta ajena: Copia de las tres últimas nóminas.
- En caso de desempleados/as: Certificado actualizado emitido por la Oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente, que acredite situación de la demanda y
Certificado actualizado en el que se haga constar si percibe la prestación o subsidio de desempleo indicando, en su caso, las cuantías de éstos.
- En caso de percibir prestaciones (por Jubilación, Invalidez, Incapacidad Temporal, pensiones, ERTE, etc.): Certificado expedido por la Seguridad Social u Organismo competente en el que se indique la cantidad que se percibe.
- En el caso de separación o divorcio legal: Copia de la Sentencia de Separación y del Convenio Regulador si lo hubiere, así como copia del justificante de aportaciones económicas establecidas en dicha sentencia. En situaciones de impago, copia de la solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el juzgado o justificante de inicio de las actuaciones.
- En el caso de separaciones de uniones de hecho con hijos reconocidos: Copia de la Sentencia de Guarda, Custodia y Alimentos, así como justificante de aportaciones económicas establecidas en dicha sentencia. En situaciones de impago, copia de la solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el Juzgado o justificante de inicio de las actuaciones.

• Declaración jurada:
- De encontrarse al corriente en el cumplimiento de las Obligaciones Tributarias frente a la Seguridad Social y de las fiscales con el ayuntamiento de Miguelturra.
- Sobre obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad.

• Fotocopia de los tres últimos recibos justificativos de pago de alquiler o hipoteca.
• No obstante, las profesionales de Servicios Sociales podrán valorar la documentación necesaria en cada caso, siempre con el objetivo de acreditar las circunstancias particulares del solicitante.

SEXTA: FORMA DE PRESENTACIÓN Y PLAZOS
a) Será necesario e imprescindible solicitar CITA PREVIA en el periodo comprendido entre los días 2 al 17 de SEPTIEMBRE en horario de 10 a 13 horas para poder ser
atendido/a posteriormente.
b) Superado este plazo de petición de cita previa, sólo se podrán atender peticiones por circunstancias extraordinarias, debidamente justificadas ante los Servicios Sociales.


Toda la información de esta convocatoria así como el modelo de solicitud lo pueden consultar y/o descargar cómodamente bajo estas líneas en formato pdf, ayudas que se pueden solicitar HASTA EL 17 DE SEPTIEMBRE DE 2021. También pueden consultar toda esta información en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento hasta dicha fecha.

 

 Ayudas para libros y material escolar para familias en situación de dificultad económica para el curso 2021-2022