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Obliga a la práctica de la deducción correspondiente en las retribuciones complementarias hasta compensar el incremento que tal medida produce en las básicas.

El Pleno aprueba la modificación de Tasas Municipales para 2004.

La Corporación Municipal de Miguelturra celebró pleno en sesión ordinaria con siete puntos en el orden del día. Entre las decisiones adoptadas se incluye la modificación de las tasas municipales para 2004 (con los votos favorables del partido socialista y los votos en contra del grupo popular).

Son un total de veintinueve las tasas y ordenanzas municipales modificadas, entre las que se incluyen las de recogida de residuos sólidos, impuesto sobre actividades económicas, impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, bienes inmuebles, vehículos de tracción mecánica, licencia de apertura de establecimientos, etc.

El pleno considera necesario la modificación puntual de determinadas Ordenanzas Fiscales de la Corporación, al objeto, de una parte, de establecer determinadas precisiones en la regulación de alguna de ellas y, de otra, garantizar la adecuada prestación de los servicios de competencia municipal y el debido equilibrio presupuestario en el ejercicio del año 2004, mediante un incremento general equivalente al IPC.

En una ocasión más, el Ayuntamiento de Miguelturra incrementa las tasas anuales en función de la subida experimentada por el IPC, lo que se ha convertido ya en una estrategia de precios sostenida desde hace años. En esta ocasión la modificación se ha realizado con los votos en contra del grupo popular.

Su portavoz realizó una propuesta de enmienda parcial al dictamen de la Comisión Informativa en lo relativo al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, por considerar que debían establecerse distintos tipos impositivos en función de la obra a realizar, y que no debiera aplicarse un tipo tan “elevado” como el propuesto a la ejecución de obras pequeñas o de mera reforma.

Señaló que su grupo estaría conforme con el incremento hasta el 2’80 % en las obras de nueva planta, si se fijaran uno o dos tipos impositivos inferiores previa determinación de los tramos correspondientes.

Por su parte, el portavoz del grupo socialista indicó que esa sería una propuesta que debería estudiarse con el debido detenimiento, para determinar si los tramos habrían de fijarse en función del presupuesto de la obra o de la capacidad económica del solicitante, y recordó que la contenida en la propuesta finalmente aprobada supone un incremento mínimo del 0’04% sobre el tipo fijado por unanimidad de los grupos políticos en el ejercicio anterior (del 2’76% al 2’80%).

El Pleno acordaba además aprobar, con efectos 1 de enero de 2003, la modificación puntual de la Catalogación y descripción de las funciones atribuidas a los puestos de trabajo adscritos al personal de Policía Local en base a la Disposición Transitoria Segunda.1 y 3 de la ley autonómica 8/2002, de 23 de mayo de 2002, de Policías Locales de Castilla – La Mancha, en la que se clasifica en el Grupo C a los Policías Locales a efectos retributivos, determinando que ello no puede suponer incremento de las retribuciones totales individualmente consideradas, lo que obliga a la práctica de la deducción correspondiente en las retribuciones complementarias hasta compensar el incremento que tal medida produce en las básicas.