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Un caso que ha afectado a cientos de personas en toda España.

La OMIC informa sobre el comunicado del Ministerio Sanidad, Consumo y Bienestar Social para las personas afectadas por el caso "iDental".

La Dirección General  de Consumo del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social ha emitido un comunicado para su difusión sobre los afectados/pacientes de la desaparecida iDental, al observar la presión a la que están siendo sometidos los afectados/pacientes de la extinta comercial  iDental, que han suscrito créditos vinculados a los tratamientos odontológicos con entidades financieras, ya que dichas entidades, u otras que han adquirido u obtenido con posterioridad la titularidad por cualquier título, razón o precio aquellos contratos de crédito, están exigiendo el pago de la deuda, continuando con la emisión de recibos al cobro, o incluyendo, o bien amenazando con incluir, a los deudores en un fichero patrimonial de registro de morosos, cuyo contenido es el siguiente:
 
El Juez del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, ha emitido un Auto el 5 de febrero de 2019, que ha reiterado el pasado 13 de septiembre, mediante el cual recordaba a las entidades financieras el siguiente ACUERDO:
 
"1.- Reiterar la vigencia de la medida cautelar la suspensión de las reclamaciones judiciales o extrajudiciales que se hayan formulado por las entidades financieras que hayan suscrito contratos de crédito vinculados a los tratamientos odontológicos firmados con las clínicas del Grupo IDENTAL, sin perjuicio de las soluciones extraprocesales que se hayan celebrado de forma particular o colectiva por las asociaciones de consumidores o perjudicados.

2.- Requerir a las entidades financieras SABADELL CONSUMER FINANCE SAU, BANCO COOPERATIVO ESPAÑOL SA; EVO FINANCE; SANTANDER CONSUMER FINANCE; BANCO CETELEM SAU; BANCO PICHINCHA; UNO-E-BANK SA; BBVA CONSUMER FINANCE; FINANMADRID SAU PEPPER EFC; MONTJUIC EFC SA, y otras que hayan suscrito tales contratos de crédito, a fin de que cesen en las reclamaciones descritas, para el caso de haberlas reanudado, así como a abstenerse de incluir en ficheros de información patrimonial a aquellos perjudicados que hayan cesado en el pago de los créditos contratados y procedan a retirar de los registros citados a aquellas personas cuya inscripción se solicitó por el impago de los créditos.

3.- Requerir, exactamente en los mismos términos, a aquellas otras entidades de crédito, financieras o de cualquier otra índole o naturaleza que hayan adquirido u obtenido la titularidad por cualquier título, razón o precio de aquellos contratos de crédito. En particular, se hará este requerimiento directamente a las entidades reportadas a este Juzgado siguientes: LINK FINANZAS SLU, LC ASSET 1 SARL y HOIST FINANCE SPAIN S. L. U.

4.- Las personas perjudicadas personadas en la causa o aquellas otras, aún no personadas, que estén siendo afectadas por tales reclamaciones, en particular en el caso reportado de entidades de crédito, financieras o de cualquier otra índole o naturaleza que hayan adquirido u obtenido la titularidad por cualquier título, razón o precio, de aquellos contratos de crédito, podrán comunicarlo al Juzgado a fin de poder adoptar las medidas necesarias para la efectividad de lo resuelto.

Vista la existencia, todavía, de cientos de procedimientos y denuncias que están en fase de registro e incoación judicial, se dará a esta resolución la mayor difusión posible en medios de comunicación social"

Los afectados y afectadas que se encuentren en alguna de estas situaciones, se encuentren personados o no en el proceso que se lleva a cabo en la Audiencia Nacional, pueden presentar su caso de forma individual con la documentación que lo acredite, con una breve descripción de los hechos, ante el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, a los efectos que en su momento el Juez determine.

La dirección es la siguiente:

Dirección del Juzgado
Juzgado Central De Instrucción Número 5.
IDental. Número 70/2018.
Calle García Gutiérrez, 1
28004 - MADRID