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Siempre es bueno saber las recomendaciones en cuanto al consumo y compra de ciertos productos, sobre todo para saber si son adecuados o no a nuestros-as hijos-as.

La OMIC informa sobre la comercialización de minimotos.

La Oficina Municipal de Información al Consumidor de Miguelturra ha emitido una nota informativa en la que se aborda el tema de la comercialización de las conocidas como "minimotos", a las que se define como "un conjunto de productos de diverso origen y categoría, que imitan a motos de gran cilindrada, incluso de competición, pero con un tamaño reducido" y se califican como "uno de los productos estrella de estas navidades".

Para que el consumidor conozca las consideraciones a tener en cuenta a la hora de comprar uno de estos productos se informa de las diferencias existentes entre una "minimoto" considerada como "juguete", una "minimoto" como "artículo recreativo" y otra como "vehículo". Las primeras son productos destinados a ser utilizados por menores de 14 años que no pueden llevar motor de explosión (de gasolina) y que siempre serán eléctricas con una tensión nominal inferior a 24v; en su etiquetado, en lengua española, debe constar la marca CE. Se encuentran a la venta en jugueterías o zonas de juguetes y en establecimientos que vendan juguetes.

Una minimoto, considerada como "artículo recreativo", no tiene límite de edad para sus usuarios, se utilizan únicamente para actividades de ocio o deportivas (como competiciones) y pueden llevar motor de explosión (de gasolina) o eléctrico; nunca se pueden utilizar en la vía pública -son para uso exclusivo en circuitos cerrados autorizados y terrenos privados de uso particular. No se trata de juguetes, ni de vehículos.
Por último, la nota emitida señala que una minimoto considerada un "vehículo" se puede utilizar en la vía pública y pueden tener motor de explosión (de gasolina) o eléctrico.

La edad mínima de utilización, según el código de circulación, es de 14 años y se debe disponer de permiso de circulación; deben estar matriculadas, en el municipio, como todos los ciclomotores y deben disponer para circular de seguro obligatorio. Si son ciclomotores su velocidad máxima no puede superar los 45 km/h, su cilindrada será menor de 50cc (cuando el motor es de chispa) y su potencia no puede superar los 4Kw (si el motor es eléctrico o diesel).

Si son motocicletas sí pueden superar esta velocidad así como las cilindradas y potencias anteriormente expuestas. Se pueden comercializar en establecimientos dedicados a vehículos a motor, nunca en jugueterías o secciones de juguetes.