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La convocatoria incluye también el equipamiento de locales


La Diputación subvenciona programas sociales a las entidades sin ánimo de lucro

La comisión de Bienestar Social de la Diputación provincial ha aprobado una convocatoria mediante la que se conceden ayudas a las asociaciones sin ánimo de lucro con la finalidad de que puedan llevar a cabo programas de carácter social, aunque también contempla que las subvenciones puedan destinarse al equipamiento de locales.

Esta convocatoria está dirigida a entidades que trabajan para dinamizar y lograr mayores cotas de calidad de vida en el seno de colectivos como los discapacitados psíquicos, físicos y sensoriales, así como a aquellas que despliegan una actividad tendente a prevenir y a tratar las drogodependencias, y a las que basan su actividad en segmentos marginales como son las minorías étnicas.

El vicepresidente de Bienestar Social, Angel Caballero, llama la atención sobre el hecho de que los órganos de dirección de estas asociaciones realizan gestiones que deberían corresponder a las Administraciones. Cree, por tanto, que es imprescindible dotar de continuidad a esta convocatoria que se viene haciendo pública desde hace años porque contribuye a que los programas de carácter social se sigan desarrollando.

Las entidades solicitantes habrán de cumplir varios requisitos, entre ellos efectuar una solicitud, que será suscrita por el presidente o por el representante legal de la entidad, según el modelo que se adjunta en el Boletín Oficial de la Provincia. Las asociaciones deberán acreditar, además, que se encuentran al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Los interesados remitirán a la Diputación una copia de los estatutos de la asociación y de su inscripción en el registro correspondiente; una fotocopia del Código de Identificación Fiscal; la certificación del secretario de la asociación del número de socios que tienen a la fecha de efectuar la solicitud; la memoria de la asociación o, en su caso, el programa subvencionado en la anterior convocatoria; la declaración de ayudas o subvenciones que se hayan solicitado para el mismo fin a otros organismos o entidades públicas o privadas; el informe del alcalde o responsable de los servicios sociales; la ficha a tercero; el certificado expedido por la tesorería de la Seguridad Social que acredite el cumplimiento formal de sus obligaciones ante la Seguridad Social; y el certificado expedido por la Agencia estatal de la Administración Tributaria que acredite que se está al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias.

Criterios objetivos

Para la adjudicación de las ayudas se aplicarán criterios objetivos como la calidad de los programas presentados; la necesidad de la subvención, relacionando el número de beneficiarios a los que se destina el programa y la viabilidad de medios materiales y humanos; la inexistencia de recursos o prestaciones análogas en el mismo ámbito territorial; el número de socios; el ámbito de aplicación de las actividades o programas; la evaluación existente de los resultados de los programas desarrollados en ejercicios anteriores y la cuantía de la petición así como la disponibilidad presupuestaria.

Los beneficiarios, por su parte, están obligados a enviar cuanta documentación se requiera el área de Servicios Sociales de la Diputación y también a admitir la supervisión de sus técnicos. También deberán presentar la justificación del programa o del equipamiento subvencionado por la convocatoria en el plazo de un mes desde su finalización de acuerdo a la temporalización presentada.

Además, tendrán a disposición de la Diputación durante un periodo de cinco años las facturas y documentos justificativos de los pagos realizados, sometiéndose a las actuaciones de comprobación que la Diputación señale. Y habrán de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la institución provincial, circunstancia que será comprobada por el órgano gestor.