Plaza de España, 1

  926 241 111

  9:00 a 14:00 horas. Lunes a viernes

Bases bolsa de trabajo de abogados para Centro de la Mujer de la Mancomunidad Campo de Montiel

Bases bolsa de trabajo de abogados para Centro de la Mujer de la Mancomunidad Campo de Montiel

BASES:

Primera.- Objeto de la convocatoria
1.1.- La presente convocatoria tiene como fin, la confección de una bolsa de trabajo para el puesto de abogado/a del Centro de la Mujer de la Mancomunidad de servicios "Campo de Montiel".

Segunda.- Presentación de solicitudes.

2.1.- Quienes deseen tomar parte en la selección deberán solicitarlo mediante instancia dirigida al Sr. Presidente de la Mancomunidad de servicios Campo de Montiel, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación de las mismas en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos que componen la Mancomunidad.

En las instancias deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones fijadas en las bases de convocatoria

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento Administrativo Común.

Junto a las instancias se adjuntará fotocopia del D.N.I. y CURRICULUM VITAE en el que se especificarán las titulaciones académicas que se poseen, cursos recibidos, especificando el número de horas de que constan y la experiencia profesional, la duración y si el contrato es a jornada completa o parcial.

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

A. GENERALES:

a) Ser ciudadano español o nacional de cualquiera de los países miembros de la Unión Europea.
b) Tener cumplidos los 18 años de edad.
c) No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que impida el normal desempeño de las correspondientes tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado, Autonómica o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) No estar incurso en causa vigente de incapacidad ni de incompatibilidad.
f) Estar en posesión del carnet de conducir clase B, y disponibilidad de vehículo propio.

B. ESPECIFICOS:

a) Estar en posesión del título de Licenciada/o en Derecho o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes

Cuarta.- Admitidos, excluidos y celebración de pruebas

Terminado el plazo de presentación de instancias la Presidencia dictará resolución, en el plazo de tres días hábiles, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos y se concederá un plazo de cinco días naturales si fuera necesario, contados a partir de la publicación de la resolución en los tablones de Anuncios de los Ayuntamientos de la Mancomunidad, para subsanaciones.

En dicha resolución se determinarán los extremos siguientes:

- lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios
- composición del tribunal
- lugar en que han de permanecer expuestas al público las listas certificadas de los aspirantes admitidos.
- relación de aspirantes excluidos con indicación de las causas y plazo de subsanación de defectos

- en caso de no haber aspirantes excluidos, se omitirá el plazo de subsanaciones.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los opositores que no comparezcan a realizarlo.

La publicación de los anuncios de celebración de las pruebas se efectuará por el Tribunal en el Tablón de Anuncios de los Ayuntamientos.

Para la práctica de los ejercicios que se desarrollen por escrito y en el supuesto de que concurran varios aspirantes, el Tribunal adoptará las medidas adecuadas para garantizar el anonimato de los aspirantes hasta que concluya la fase de calificación del ejercicio de que se trate. Para ello, el aspirante se abstendrá de consignar en el ejercicio su nombre y apellidos, o cualquier otro signo identificable, debiendo hacer constar su nombre y apellidos en un papel que introducirá en un sobre cerrado y que acompañará al ejercicio realizado, debiendo tomar el Tribunal las medidas necesarias para hacer coincidir el ejercicio con su autor. Los ejercicios que se presenten contraviniendo lo anterior no serán calificados por el Tribunal, lo que supondrá la eliminación del aspirante.

4.1 FASE OPOSICIÓN:

Constará de los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:

Primer ejercicio.- Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo, a determinar por el Tribunal, a un cuestionario de diez preguntas, propuesto por el Tribunal Calificador, basado en el temario establecido en el Anexo I y II de la presente convocatoria.

Segundo ejercicio.- Consistirá en la resolución de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal Calificador que versará sobre el ANEXO II. Los Aspirantes dispondrán de un tiempo máximo, a determinar por el Tribunal, para la realización del ejercicio

- Fase oposición:

Ejercicio 1) Será calificado de 0 a 10 puntos. Cada pregunta será calificado sobre un punto. Quedará eliminado el aspirante que no obtenga una puntuación mínima de cinco puntos.
Ejercicio 2) Será calificado de 0 a 10 puntos, quedando eliminado el aspirante que no obtenga una puntuación mínima de cinco puntos.

La calificación definitiva de la fase de oposición resultará de la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios.

Será preciso obtener una calificación mínima de cinco puntos, para superar la fase de oposición y sumar la puntuación a la fase de concurso.


4.2 FASE DE CONCURSO:

Será posterior a la fase de oposición y no podrá ser tenida en cuenta para superar ésta. Serán méritos valorables los siguientes:

a) Asistencia a cursos de formación, jornadas o seminarios, de materias que versen sobre el temario Anexo a la presente convocatoria y las funciones asignadas al puesto de trabajo.

b) Servicios prestados en Cuerpos, Escalas o categorías iguales o equivalentes a la del puesto objeto de la convocatoria tanto en la Administración pública como en el ámbito privado.

c) Titulaciones superiores a la exigida para acceder al proceso selectivo.

La fase de concurso se valorará hasta un máximo de 5 puntos, conforme al siguiente baremo:

a) FORMACION, CONOCIMIENTOS Y ESPECIALIZACION. ( Hasta un máximo de 2 puntos).

Por cursos recibidos relacionados con el supuesto a desempeñar:

- Por cada curso recibido de 25 a 75 horas........................ 0.10 puntos
- Por cada curso recibido de 76 a 150 horas...................... 0.15 puntos
- Por cada curso recibido de 151 a 300 horas.................... 0.20 puntos
- Por cada curso recibido de más de 300 horas................. 0.25 puntos

El Tribunal Calificador no tendrá en cuenta para su calificación, los cursos que no queden suficientemente especificados con expresión de las horas de duración.

b) EXPERIENCIA PROFESIONAL. Servicios prestados en la Administración Pública y el ámbito privado (Se otorgará un máximo de 2 puntos).

Por cada mes completo trabajado, en la Administración Pública o en la empresa privada, en Centros o Programas relacionados con áreas de la Mujer desempeñando el mismo puesto de trabajo o equiparable al que se opta................................... 0.10 puntos.

c) TITULACIONES SUPERIORES. (hasta un máximo de 1 punto)

Por cada titulación académica superior a la exigida para el acceso a la bolsa de trabajo y relacionada con el puesto a desempeñar.................... 0.25 puntos.

4.3. ENTREVISTA

Se valorará el perfil y aptitudes del/la aspirante para desempeñar el puesto de trabajo, otorgando hasta un máximo de 5 puntos.

4.4. Publicación de relación de aspirantes aprobados.- Concluida la realización y calificación de cada uno de los ejercicios, el Tribunal hará públicas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento una relación definitiva de aspirantes que han superado los ejercicios, conteniendo las puntuaciones obtenidas en la fase oposición y en la fase concurso, así como el orden de composición de la bolsa de trabajo por riguroso orden de puntuación obtenida.

Quinta.- Composición del Tribunal Calificador:

Presidente:

- El Presidente de la Mancomunidad o miembro de la misma en quién delegue.

Vocales:

- Un técnico de la Mancomunidad de servicios Campo de Montiel de categoría o nivel de titulación igual o superior.
- Un representante designado por el Instituto de la Mujer de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha.
- Un representante de cada uno de los municipios que componen la Mancomunidad, de categoría o nivel de titulación igual o superior.

Secretario:

- El Secretario/a de la Corporación o funcionario/a en quién delegue.

El Tribunal Calificador podrá designar, si lo estima necesario, uno o varios asesores especializados. Su función se limitará exclusivamente a prestar asesoramiento en el ejercicio de sus respectivas especialidades.

Sexta.- Acreditación de requisitos

Los/as aspirantes aprobados/as, a efectos de acreditar los requisitos exigidos en la presente convocatoria y formalizar la correspondiente bolsa de trabajo presentarán los siguientes documentos dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de los listados en los tablones de los ayuntamientos:



- Documento acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.
- Declaración jurada haciendo constar no haber sido separado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni estar inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
- Fotocopia compulsada del título exigido para el acceso a la convocatoria.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad
- Acreditación de los méritos alegados

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los aprobados no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán formar parte de la bolsa de trabajo.

Séptima.- Disposiciones aplicables

Para lo no previsto en estas bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1984 de 2 de agosto, para la Reforma de la Función Pública, la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el texto refundido de las disposiciones en materia de régimen local, el Real Decreto 896/1991 de 7 de junio, el Real Decreto 365/1995 de 10 de marzo y demás disposiciones de pertinente y eficaz aplicación.

Munera, 21 de junio de 2004, EL PRESIDENTE, Fdo: Juan José Caravaca Lario

BOLSA DE TRABAJO DE ABOGADO/A DEL CENTRO DE LA MUJER CAMPO DE MONTIEL

ANEXO I
Programa

Tema 1. La Administración Pública, concepto y clases. La Administración Local: el municipio, concepto y elementos.
Tema 2. La Constitución: De los derechos y deberes fundamentales.
Tema 3. La Comunidad Autónoma de Castilla - La Mancha. El Estatuto de Autonomía, competencias.
Tema 4. Los Servicios Sociales en Castilla - La Mancha. Ley 3/86 de Servicios Sociales en Castilla - La Mancha. Ley 5/95 de Solidaridad de Castilla - La Mancha. Servicios Sociales Básicos y Servicios Sociales Especializados.
Tema 5. La Ley 22/2002, de 21 de noviembre, de Creación del Instituto de la Mujer, estructura y competencias. Planes para la Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres de Castilla – La Mancha.
Tema 6. Recursos y Programas sociales en materia de mujer. Los Centros de la mujer, organización y competencias.
Tema 7. La Ley 5/2001, de 17 de mayo, de Prevención de Malos tratos y de Protección a las Mujeres Maltratadas. Decreto 38/2002, de 12 de marzo, de las Consejerías de Bienestar Social e Industria y Trabajo, para la aplicación de la Ley 5/2001, de 17 de mayo, de prevención de malos tratos y de protección a las mujeres maltratadas. Protocolo de actuación para la persecución de las infracciones penales de malos tratos en el ámbito familiar.

ANEXO II

Tema 1. El matrimonio, régimen jurídico y regulación. Régimen económico matrimonial: Clases y efectos. Regulación jurídica.
Tema 2. Procesos de ruptura matrimonial. Régimen jurídico, causas, efectos y procedimientos
Tema 3. Pensiones de contenido económico. Pensión alimenticia y compensatoria. Concesión. Regulación. Procedimientos de reclamación.
Tema 4. Paternidad y filiación. Clases y régimen jurídico.
Tema 5. Alimentos entre parientes. Relaciones paterno filiales. Patria potestad. Tutela, curatela y guarda. Incapacitación.
Tema 6. Violencia doméstica y de género. Aspectos y regulación jurídica de la violencia doméstica y de género. Procedimientos civiles y medidas civiles y penales.
Tema 7. Asistencia jurídica gratuita. Requisitos, procedimiento y regulación legal.
Tema 8. Modalidades de contratos: contratos indefinidos y de duración determinada. Clases y régimen jurídico.
Tema 9. El Despido laboral: Clases y regulación jurídica.
Tema 10. La ley de conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. Ley 39/1999, de 5 de noviembre.
Tema 11. Régimen General de la Seguridad Social (I). Prestaciones Económicas por Incapacidad Temporal, Maternidad y Riesgo durante el Embarazo.
Tema 12. Régimen General de la Seguridad Social (II). Prestaciones Económicas por Viudedad, Jubilación y Desempleo.