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Bienestar Social

Información, objetivos y destinatarios

El Servicio de Estancias Diurnas es un servicio integral, y muy completo que atiende durante el día las necesidades personales básicas, terapéuticas y socioculturales de las personas mayores, favoreciendo el estado emocional y de relación, y aumentando los niveles de autonomía e independencia personal.

El funcionamiento del Servicio de Estancias Diurnas (SED), viene determinado por la normativa legal que en cada momento lo regule, el Estatuto Básico, así como por las normas complementarias que al amparo de las mismas establezca el Reglamento de Régimen Interno y diversos protocolos. 

¿Desde cuándo se lleva prestando este servicio?
El 15 de agosto del 2004 se inauguró el Servicio de Estancias Diurnas.

¿Cuál es su coste?
La persona usuaria del Servicio de Estancias Diurnas abona el 25 por 100 de sus ingresos líquidos netos, más el 10 por 100 adicional si incluye transporte.

¿Qué atenciones ofrece?

  • Programas personalizados de actividades y seguimiento de los mismos.
  • Terapia ocupacional para la prevención, el mantenimiento y la recuperación de las habilidades básicas para las actividades de la vida diaria.
  • Seguimiento de los tratamientos médicos prescritos y control de los parámetros vitales.
  • Servicios y cuidados de higiene personal.
  • Comida y atención a las necesidades nutricionales y dietéticas de los usuarios.
  • Realización de actividades participativas que favorezcan el ocio, las relaciones personales y el desarrollo socio-cultural.
  • Información periódica a la familia o a los cuidadores habituales sobre la situación, evolución y adaptación del usuario, así como orientación sobre atenciones y cuidados que precisa.
  • Servicio de transporte adaptado para el traslado de los usuarios que lo precisen.
  • También podrán prestarse servicios y atenciones especializadas y complementarias, como fisioterapia, así como cualquier servicio que se considere necesario para la atención adecuada a los usuarios.

¿A quién va dirigido?
Personas mayores que tengan reconocido el grado de dependencia. Una situación de dependencia personal que pueda ser atendida en el mismo, siempre que carezca durante el día de la asistencia adecuada y del apoyo familiar y social necesario, o precisen la atención terapéutica, rehabilitadora o psicosocial que ofrece el Servicio solicitado.

¿Cuáles son los requisitos de acceso al SED?
Podrán solicitar el acceso a los Servicios de Estancias Diurnas las personas mayores que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 60 años.
  • Estar empadronado y residir en Castilla-La Mancha. En caso de solicitar el servicio de transporte al centro, será requisito para su concesión residir en un área de influencia no superior a 10 kilómetros de distancia de la localidad donde se presta el Servicio de Estancias Diurnas. Y no tener familiar alguno en la localidad
  • No padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni trastornos de la conducta que puedan perturbar gravemente la convivencia en el Centro.
  • Tener reducida su autonomía para las actividades de la vida diaria, siempre que su situación de dependencia pueda ser atendida adecuadamente por el Servicio de Estancias Diurnas solicitado.
  • Carecer durante el día de los apoyos familiares o sociales necesarios, o precisar atención terapéutica, rehabilitadora o psicosocial.
  • Alcanzar el grado establecido de dependencia.

Información y Orientación.
Centro de Servicios Sociales y Delegaciones Provinciales de Salud y Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

¿Qué pasos seguir para solicitar ser persona usuaria del Servicio de Estancias Diurnas?.

  1. Solicitar cita con la trabajadora Social del Centro de Servicios Sociales, en horario de tarde, se puede pedir en horario de tarde a través del teléfono 926160000, extensión 1.
  2. Se cursa la solicitud de Ley de Dependencia para el Servicio de Estancias Diurnas
  3. La Trabajadora Social de Dependencia del Centro de Servicios Sociales realiza un informe social con la propuesta de recursos apropiado.
  4. Se adjunta informe a la solicitud y se entrega en Delegación.
  5. Es Delegación, quien envía a domicilio a un equipo técnico para valorar el grado de dependencia.
  6. Una vez valorado, se recibe la carta con el grado. Y en función del grado asignado por la Delegación se le deriva o no al SED (Servicio de Estancias Diurnas).