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10 se reservan para el cupo general de familias, 1 para discapacitados y 4 para jóvenes.

Abierto el plazo de solicitud de viviendas de promición pública.

De las quince viviendas construidas, cuyo régimen de cesión será el de alquiler con posibilidad de acceso a compra-venta transcurridos cinco años desde la adjudicación, 10 se reservan para el cupo general de familias, 1 para discapacitados y 4 para jóvenes con edades comprendidas entre los 20 y los 35 años. Las superficies útiles medias de las viviendas oscilan entre 75 y 85 m2.

En las bases de adjudicación se han establecido unas condiciones de acceso a la vivienda de promoción pública que pasan por la acreditación de la necesidad de vivienda: se entiende la necesidad cuando tanto el solicitante como los miembros del núcleo familiar que convivan con él y a su cargo carezcan de vivienda a título de propiedad, arrendamiento o usufructo; también se entiende acreditada la necesidad cuando concurran circunstancias como la pérdida del uso de una vivienda por separación legal, habitar una vivienda con deficientes condiciones de habitabilidad, hacerlo en una sujeta a expediente de expropiación, desahucio judicial o administrativo no imputable al interesado o habitar una vivienda en alquiler cuya renta supere el 20% de los ingresos familiares.

Los solicitantes deberán acreditar al menos dos años de residencia en el municipio, excepto en el caso de que los solicitantes que cumplan esta condición no cubran la promoción; también podrán hacer la solicitud de viviendas los emigrantes, los antiguos residentes en el municipio que los abandonaran por razones laborales o de vivienda y que deseen regresar por razones de trabajo.

Los ingresos familiares de los solicitantes no deberán ser superiores a dos veces y media el salario mínimo interprofesional (se considerarán ingresos familiares los que provengan del solicitante, su cónyuge y los de aquellos familiares que convivan con el solicitante y estén a su cargo).

La solicitud deberá acompañarse del libro de familia o fotocopia debidamente compulsada, título de familia numerosa (en su caso), nóminas salariales de los 12 meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud, copia de la declaración o declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas que correspondan al núcleo familiar, certificado de residencia, certificado expedido por los servicios técnicos municipales en el supuesto de habitar una vivienda con deficientes condiciones de habitabilidad o superficie inadecuada, declaraciones juradas de los miembros del núcleo familiar de no ser propietarios o usufructuarios de vivienda y, en su caso, los solicitantes cuyo coste de arrendamiento supere el 20% de los ingresos familiares deberán aportar fotocopia del contrato de arrendamiento.