Se cierra la subvención para obtener el carnet de conducir para mujeres en Castilla La Mancha
Mediante Resolución de 26 de diciembre de 2007 del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha se convocó ayudas a mujeres de Castilla-La Mancha por la obtención del Permiso de conducción para el año 2008 conforme a sus Bases Reguladoras aprobadas por Resolución de la Vicepresidencia Primera de 10 de diciembre de 2007.
De conformidad con la normativa que rige la concesión de estas ayudas: La Ley 22/2002 de 21 de noviembre de creación del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, el Decreto 252/2003 de 29 de julio por el que se regula la
organización y funciones del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, la Resolución de la Vicepresidencia Primera de 28 de noviembre de 2006 por la que se aprueban las Bases Reguladoras de las ayudas a mujeres de Castilla-La Mancha por la obtención del Permiso de conducción para vehículos de las categorías B, C, D y E, el título III del Decreto Legislativo 1/2002 de 19 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, según redacción dada por la Ley 9/2006 de 21 de diciembre, dentro del respeto al marco básico establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa aplicable en materia de subvenciones.
Y teniendo en cuenta que la propia convocatoria, en el punto Tercero de la citada Resolución de 26 de diciembre de 2007, establece que "queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos
Generales de Castilla-La Mancha para el año 2008 y 2009", dado que se ha agotado la consignación presupuestaria correspondiente, y que, de acuerdo con el artículo 9.4 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones es requisito necesario para el otorgamiento de una subvención "la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de la subvención",
En consecuencia, la Directora del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha Resuelve Cerrar la convocatoria de ayudas a mujeres de Castilla-La Mancha por la obtención del permiso de conducción para el año 2008.
La presente resolución no agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Vicepresidente Primero en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Toledo, 3 de mayo de 2008
La Directora del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha
ÁNGELA SANROMA ALDEA
De conformidad con la normativa que rige la concesión de estas ayudas: La Ley 22/2002 de 21 de noviembre de creación del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, el Decreto 252/2003 de 29 de julio por el que se regula la
organización y funciones del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, la Resolución de la Vicepresidencia Primera de 28 de noviembre de 2006 por la que se aprueban las Bases Reguladoras de las ayudas a mujeres de Castilla-La Mancha por la obtención del Permiso de conducción para vehículos de las categorías B, C, D y E, el título III del Decreto Legislativo 1/2002 de 19 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, según redacción dada por la Ley 9/2006 de 21 de diciembre, dentro del respeto al marco básico establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa aplicable en materia de subvenciones.
Y teniendo en cuenta que la propia convocatoria, en el punto Tercero de la citada Resolución de 26 de diciembre de 2007, establece que "queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos
Generales de Castilla-La Mancha para el año 2008 y 2009", dado que se ha agotado la consignación presupuestaria correspondiente, y que, de acuerdo con el artículo 9.4 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones es requisito necesario para el otorgamiento de una subvención "la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de la subvención",
En consecuencia, la Directora del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha Resuelve Cerrar la convocatoria de ayudas a mujeres de Castilla-La Mancha por la obtención del permiso de conducción para el año 2008.
La presente resolución no agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Vicepresidente Primero en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Toledo, 3 de mayo de 2008
La Directora del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha
ÁNGELA SANROMA ALDEA