Publicadas las listas provisionales del proceso de matriculación 2013-2014 de las Escuelas Infantiles Municipales.
Según informa el Área de Educación del Ayuntamiento de Miguelturra acaban de publicarse en el Tablón de Anuncios del consistorio las listas provisionales derivadas del proceso de matriculación del curso 2013-2014 para las Escuelas Infantiles Municipales.
A partir de aquí les damos información de lo que deberá hacer en cada caso.
¿QUÉ INFORMACIÓN RECOGE EL LISTADO PUBLICADO?
Los datos personales del alumno para el que se solicita plaza, puntuación total en el proceso de baremación, preferencia de vacante en las Escuelas Infantiles que componen la Red Municipal, servicios solicitados y cuota correspondiente (según los servicios indicados en la solicitud de matrícula).
¿QUÉ DEBO TENER EN CUENTA?
- Compruebe los datos personales de su hijo/a (nombre, apellidos y fecha de nacimiento).
- Calcule su puntuación total de baremación según los criterios de la Orden 03/02/2011 de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, que indicamos a continuación:
, Por cada miembro que cumpla la condición (padre, madre o persona que ejerza la tutela). Actividad laboral con dedicación semanal de, al menos, 30 horas: 2 puntos.
, Por cada miembro que cumpla la condición (padre, madre o persona que ejerza la tutela). Actividad laboral con dedicación semanal de menos de 30 horas: 1 punto.
, Familia monoparental con actividad laboral con dedicación semanal de, al menos, 30 horas o progenitor conviviendo en la unidad familiar de origen y con dependencia económica de ella que se encuentre en situación de búsqueda de empleo o formación: 4 puntos.
, Familia monoparental con actividad laboral con dedicación semanal de menos de 30 horas: 2 puntos.
, Se equiparará a estas situaciones (criterios del 1 al 4) a los padres que en el plazo de presentación de solicitudes se encuentren en situación de excedencia por cuidado de hijos o familiares, cuya incorporación al trabajo esté prevista antes del 1 de Octubre del correspondiente año.
, Familia monoparental sobrevenida por razón de Viudedad, Separación o Divorcio, en los 6 meses anteriores a la finalización del plazo de solicitud y el progenitor que tenga atribuida la guarda del menor se encuentre en situación de búsqueda de empleo o formación: 1 punto.
, Situación de discapacidad del padre, madre o persona que ejerza la tutela o alguno de sus hermanos o hermanas, en grado igual o superior al 65 por ciento o incapacidad laboral permanente absoluta o gran invalidez del padre o la madre: 2 puntos por cada miembro.
, Situación de discapacidad del padre, madre o persona que ejerza la tutela o alguno de sus hermanos o hermanas en grado igual o superior al 33 por ciento e inferior al 65 por ciento: 1 punto por cada miembro.
, Familia Numerosa con titulo en vigor: 1 punto por cada hijo a partir del segundo.
, El niño para el que solicita la plaza ha nacido de un parto múltiple o ha adquirido la filiación por adopción múltiple: 2 puntos.
, Hermano matriculado en el centro y que haya efectuado reserva de plaza: 2 puntos por cada hermano.
, Existencia de padres o tutores legales que trabajan en la Escuela Infantil. 2 puntos.
, Según el intervalo con respecto al IPREM en que esté comprendida la cantidad de Renta per Cápita mensual de la unidad familiar le corresponden los siguientes puntos:
- Hasta el 30 por ciento del IPREM en cómputo mensual ...................................... 2
- Más del 30 por ciento hasta el 40 por ciento del IPREM en cómputo mensual ............... 1,75
- Más del 40 por ciento hasta el 50 por ciento del IPREM en cómputo mensual .............. 1,50
- Más del 50 por ciento hasta el 65 por ciento del IPREM en cómputo mensual ............... 1,25
- Más del 65 por ciento hasta el 80 por ciento del IPREM en cómputo mensual ................ 1
- Más del 80 por ciento hasta el 95 por ciento del IPREM en cómputo mensual ............... 0,75
- Más del 95 por ciento hasta el 110 por ciento del IPREM en cómputo mensual .............. 0,50
- Más del 110 por ciento hasta el 125 del IPREM en cómputo mensual ....................................... 0.25
Los empates que, en su caso, se produzcan, se dirimirán aplicando, en el orden establecido y hasta el momento en que se obtenga el desempate, los criterios que se exponen a continuación:
1) Hermano matriculado en el centro y con reserva de plaza o admitido en el proceso de selección.
2) Menor puntuación por Renta per cápita.
3) Mayor número de hermanos.
Al objeto de resolver situaciones de empate entre solicitantes en caso de que se mantenga el mismo una vez aplicados los criterios establecidos, se realizará un sorteo público en el que se determinará el número de solicitud a partir de la cual, de manera correlativa, se resolverá dicho empate.
- Confirme que le corresponde la cuota indicada en base a los servicios que indicados en la solicitud de matrícula, según las tasas establecidas por la Ordenanza Municipal número 16.
Es decir, la renta per cápita mensual de la familia se obtendrá por el siguiente procedimiento:
PRIMERO. Calcular los ingresos anuales de la unidad familiar:
- En caso de trabajadores por cuenta ajena se multiplicarán los ingresos líquidos de la nómina por catorce mensualidades si no aparecen reflejadas las pagas extras, y por doce si aparecen reflejadas en la nómina.
- Si la nómina refleja gastos por dietas, se restarán del líquido.
- En caso de trabajadores autónomos se elevarán al año los rendimientos declarados en el pago del ingreso a cuenta efectuado. (Acreditando los pagos fraccionados modelo 130 o 131 - cuarto trimestre -. En caso de declaración negativa, presentar declaración jurada de los ingresos líquidos mensuales).
- Los anteriores ingresos o rendimientos se incrementarán con cualesquiera otros que pudieran tener los miembros de la unidad familiar (pensiones, ayudas económicas…).
SEGUNDO. En caso de alquiler o hipoteca por adquisición de primera vivienda, al resultado anterior se le restan hasta un máximo de 232,16 EUROS.
TERCERO. Finalmente, la cifra obtenida se divide entre el número de miembros que componen la unidad familiar.
Si usted aparece en el listado provisional de posibles reservas (pendiente de aclarar por la familia del alumno solicitante) llame a los teléfonos 926 241 110 ó 926 160 690 para poder resolver la situación.
¿QUÉ DEBO HACER PARA TRAMITAR MI RECLAMACIÓN?
Si usted no está conforme con alguno de los datos publicados en los listados provisionales, podrá realizar una reclamación por escrito en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Miguelturra, en horario de 9.00 a 14:00 horas empleando el modelo general de expongo y solicito que se le facilitará en dicha dependencia municipal.
El plazo establecido para este procedimiento será del 4 hasta el 11 de junio.
¿CÓMO PUEDO CONOCER LA RESOLUCIÓN DE MI RECLAMACIÓN?
El día 25 de junio se publicará el listado definitivo de admitidos para el curso 2013-2014 en las Escuelas Infantiles Municipales, incluyendo las modificaciones pertinentes de aquellas reclamaciones que así lo requieran.
Anexo portal web.
Se han modificado el día 12 de junio los tramos del IPREM gracias a la colaboración ciudadana de las reclamaciones presentadas al proceso. Se ruega consultar de nuevo dichas tablas.
A partir de aquí les damos información de lo que deberá hacer en cada caso.
¿QUÉ INFORMACIÓN RECOGE EL LISTADO PUBLICADO?
Los datos personales del alumno para el que se solicita plaza, puntuación total en el proceso de baremación, preferencia de vacante en las Escuelas Infantiles que componen la Red Municipal, servicios solicitados y cuota correspondiente (según los servicios indicados en la solicitud de matrícula).
¿QUÉ DEBO TENER EN CUENTA?
- Compruebe los datos personales de su hijo/a (nombre, apellidos y fecha de nacimiento).
- Calcule su puntuación total de baremación según los criterios de la Orden 03/02/2011 de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, que indicamos a continuación:
, Por cada miembro que cumpla la condición (padre, madre o persona que ejerza la tutela). Actividad laboral con dedicación semanal de, al menos, 30 horas: 2 puntos.
, Por cada miembro que cumpla la condición (padre, madre o persona que ejerza la tutela). Actividad laboral con dedicación semanal de menos de 30 horas: 1 punto.
, Familia monoparental con actividad laboral con dedicación semanal de, al menos, 30 horas o progenitor conviviendo en la unidad familiar de origen y con dependencia económica de ella que se encuentre en situación de búsqueda de empleo o formación: 4 puntos.
, Familia monoparental con actividad laboral con dedicación semanal de menos de 30 horas: 2 puntos.
, Se equiparará a estas situaciones (criterios del 1 al 4) a los padres que en el plazo de presentación de solicitudes se encuentren en situación de excedencia por cuidado de hijos o familiares, cuya incorporación al trabajo esté prevista antes del 1 de Octubre del correspondiente año.
, Familia monoparental sobrevenida por razón de Viudedad, Separación o Divorcio, en los 6 meses anteriores a la finalización del plazo de solicitud y el progenitor que tenga atribuida la guarda del menor se encuentre en situación de búsqueda de empleo o formación: 1 punto.
, Situación de discapacidad del padre, madre o persona que ejerza la tutela o alguno de sus hermanos o hermanas, en grado igual o superior al 65 por ciento o incapacidad laboral permanente absoluta o gran invalidez del padre o la madre: 2 puntos por cada miembro.
, Situación de discapacidad del padre, madre o persona que ejerza la tutela o alguno de sus hermanos o hermanas en grado igual o superior al 33 por ciento e inferior al 65 por ciento: 1 punto por cada miembro.
, Familia Numerosa con titulo en vigor: 1 punto por cada hijo a partir del segundo.
, El niño para el que solicita la plaza ha nacido de un parto múltiple o ha adquirido la filiación por adopción múltiple: 2 puntos.
, Hermano matriculado en el centro y que haya efectuado reserva de plaza: 2 puntos por cada hermano.
, Existencia de padres o tutores legales que trabajan en la Escuela Infantil. 2 puntos.
, Según el intervalo con respecto al IPREM en que esté comprendida la cantidad de Renta per Cápita mensual de la unidad familiar le corresponden los siguientes puntos:
- Hasta el 30 por ciento del IPREM en cómputo mensual ...................................... 2
- Más del 30 por ciento hasta el 40 por ciento del IPREM en cómputo mensual ............... 1,75
- Más del 40 por ciento hasta el 50 por ciento del IPREM en cómputo mensual .............. 1,50
- Más del 50 por ciento hasta el 65 por ciento del IPREM en cómputo mensual ............... 1,25
- Más del 65 por ciento hasta el 80 por ciento del IPREM en cómputo mensual ................ 1
- Más del 80 por ciento hasta el 95 por ciento del IPREM en cómputo mensual ............... 0,75
- Más del 95 por ciento hasta el 110 por ciento del IPREM en cómputo mensual .............. 0,50
- Más del 110 por ciento hasta el 125 del IPREM en cómputo mensual ....................................... 0.25
Los empates que, en su caso, se produzcan, se dirimirán aplicando, en el orden establecido y hasta el momento en que se obtenga el desempate, los criterios que se exponen a continuación:
1) Hermano matriculado en el centro y con reserva de plaza o admitido en el proceso de selección.
2) Menor puntuación por Renta per cápita.
3) Mayor número de hermanos.
Al objeto de resolver situaciones de empate entre solicitantes en caso de que se mantenga el mismo una vez aplicados los criterios establecidos, se realizará un sorteo público en el que se determinará el número de solicitud a partir de la cual, de manera correlativa, se resolverá dicho empate.
- Confirme que le corresponde la cuota indicada en base a los servicios que indicados en la solicitud de matrícula, según las tasas establecidas por la Ordenanza Municipal número 16.
Es decir, la renta per cápita mensual de la familia se obtendrá por el siguiente procedimiento:
PRIMERO. Calcular los ingresos anuales de la unidad familiar:
- En caso de trabajadores por cuenta ajena se multiplicarán los ingresos líquidos de la nómina por catorce mensualidades si no aparecen reflejadas las pagas extras, y por doce si aparecen reflejadas en la nómina.
- Si la nómina refleja gastos por dietas, se restarán del líquido.
- En caso de trabajadores autónomos se elevarán al año los rendimientos declarados en el pago del ingreso a cuenta efectuado. (Acreditando los pagos fraccionados modelo 130 o 131 - cuarto trimestre -. En caso de declaración negativa, presentar declaración jurada de los ingresos líquidos mensuales).
- Los anteriores ingresos o rendimientos se incrementarán con cualesquiera otros que pudieran tener los miembros de la unidad familiar (pensiones, ayudas económicas…).
SEGUNDO. En caso de alquiler o hipoteca por adquisición de primera vivienda, al resultado anterior se le restan hasta un máximo de 232,16 EUROS.
TERCERO. Finalmente, la cifra obtenida se divide entre el número de miembros que componen la unidad familiar.
Si usted aparece en el listado provisional de posibles reservas (pendiente de aclarar por la familia del alumno solicitante) llame a los teléfonos 926 241 110 ó 926 160 690 para poder resolver la situación.
¿QUÉ DEBO HACER PARA TRAMITAR MI RECLAMACIÓN?
Si usted no está conforme con alguno de los datos publicados en los listados provisionales, podrá realizar una reclamación por escrito en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Miguelturra, en horario de 9.00 a 14:00 horas empleando el modelo general de expongo y solicito que se le facilitará en dicha dependencia municipal.
El plazo establecido para este procedimiento será del 4 hasta el 11 de junio.
¿CÓMO PUEDO CONOCER LA RESOLUCIÓN DE MI RECLAMACIÓN?
El día 25 de junio se publicará el listado definitivo de admitidos para el curso 2013-2014 en las Escuelas Infantiles Municipales, incluyendo las modificaciones pertinentes de aquellas reclamaciones que así lo requieran.
Anexo portal web.
Se han modificado el día 12 de junio los tramos del IPREM gracias a la colaboración ciudadana de las reclamaciones presentadas al proceso. Se ruega consultar de nuevo dichas tablas.