¿Qué procedimiento seguir cuando uno tiene que pedir una autorización o un accidente de tráfico?.
Mediante el presente le informamos sobre el procedimiento que deberá seguirse cuando, ante una necesidad, tenga que cortarse al tráfico una calle.
AUTORIZACIÓN
1. Deberá existir autorización de la Policía Local, quien lleva un registro sobre cada empresa o particular que viene solicitando los cortes de calle.
2. Debe gestionarse la solicitud primeramente, en la oficina de registro del Ayuntamiento (planta baja), donde una vez realizado, se contactará con el personal administrativo de la oficina de la Policía Local (planta baja del Ayuntamiento), donde se informará al solicitante sobre las tasas fiscales establecidas en función de la categoría de la calle para la que se solicita el corte al tráfico y el tiempo que vaya a utilizarse.
3. Por el personal administrativo de la Policía Local se indicarán las señales de tráfico y otros elementos de canalización del mismo, que deban utilizarse.
4. Una vez autorizado el corte de calle, el interesado deberá llamar al teléfono 926242121 (Policía Local), para informar del momento en que ésta vaya a quedar cortada así como de su apertura al tráfico.
El incumplimiento de este trámite dará lugar a la apertura inmediata de la via, con independencia de la apertura del correspondiente expediente administrativo sancionador efectuado contra la persona responsable de su realización.
ACCIDENTE CON DAÑOS MATERIALES
Cuando en una vía abierta al tráfico se produzca un accidente de circulación en el que sólo existan daños materiales, los conductores deberán realizar los siguientes trámites:
1. RELLENAR PARTE AMISTOSO DE ACCIDENTE.
a) Cuando cualquiera de los implicados observe la carencia de seguro obligatorio del contrario, deberá solicitarse la presencia en el lugar de la Policía Local (teléfono "112"), indicándose el lugar donde se ha producido.
b) Cuando cualquiera de los implicados observe la posible ingesta de bebidas alcohólicas del contrario, dará aviso a la Policía Local, quienes realizarán la prueba de alcoholemia a todos los conductores implicados, haciéndose cargo de la instrucción de las correspondientes diligencias judiciales, o por el contrario, su encauzamiento por la ví a administrativa.
c) Cuando necesite ayuda para la confección del parte amistoso de accidentes, podrá realizarse llamada al teléfono "112", como en el apartado anterior.
d) En la confección del parte amistoso de accidente deberán rellenarse todas las casillas y, principalmente las siguientes: Lugar del accidente, fecha, día, datos del conductor, datos de la compañía de seguros, daños observados en el vehículo, forma en que se ha producido o causa, croquis del accidente y sobre todo, NO OLVIDE QUE TIENE QUE FIRMAR EL PARTE. USTED NO TIENE QUE DISCUTIR CON EL CONDUCTOR CONTRARIO, ¡NO MERECE LA PENA!, serán las compañías aseguradoras quien tras oir la versión de su asegurado, contactarán telefónicamente y PACTARÁN LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS EN FUNCIÓN DE LO SUCEDIDO.
Si usted ha requerido la presencia policial, tiene que saber que LOS AGENTES NO LE DIRÁN SI TIENE O NO LA RESPONSABILI DAD DEL ACCIDENTE, ellos, elaborarán un informe interno en el que plasmarán lo que han observado y sus manifestaciones. Este informe podrá ser entregado a la compañía que lo solicite en caso de que éstas, no llegaran a un acuerdo en la determinación de la responsabilidad del hecho.
2. ACCIDENTE CON HERIDOS
a) Cuando en el accidente haya resultado herido alguna persona, deberá poner el hecho en conocimiento de la Policía Local (112), quienes se harán cargo de las diligencias que deban realizarse.
b) Procure NO MOVER su vehículo hasta la llegada de los agentes, ya que su posición final es importante para la elaboración del croquis que las FF y CC de Seguridad tienen que realizar.
Ante cualquier duda, siempre podrá ponerse en contacto con la Policía Local.