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Sobre seguridad y limpieza en la vía pública.

La Policía iniciará una campaña de vigilancia del cuidado de perros.

La Policía Local de Miguelturra ha hecho público un comunicado mediante el que se anuncia que se va a iniciar una campaña de "vigilancia sobre las medidas de seguridad que tienen que cumplir los dueños de perros considerados potencialmente peligrosos, así como en lo relativo a la limpieza viaria de sus defecaciones".

Con la llegada del buen tiempo y ante el previsible aumento del tránsito de ciudadanos y mascotas en las zonas de paseo, parques, jardines y otros espacios de ocio, el departamento local de policía pretende que no se descuiden las medidas mínimas de seguridad establecidas en la normativa reguladora del régimen de tenencia de animales considerados potencialmente peligrosos.

La ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, desarrollada por Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, establece el catálogo de los animales de la especia canina que pueden ser incluidos dentro de la categoría de animales potencialmente peligrosos, y por la que se dictan las medidas precisas en desarrollo de la Ley. En lo que respecta al ámbito municipal, se establece en el capítulo 5º de la Ordenanza de Limpieza Viaria la tenencia y paso de animales por la vía pública, recogiéndose "la responsabilidad del portador del animal, o en su caso de forma subsidiaria, el titular, como responsables de la suciedad de la vía pública que el mismo provoque".

El comunicado incluye las normas a respetar en lugares públicos para los perros considerados potencialmente peligrosos, como la obligatoriedad de llevar el dueño la licencia administrativa, respecto del animal que porte, la obligatoriedad de llevar bozal y el deber de ser conducidos y controlados con cadena o correa no extensible de menos de 2 metros, sin que pueda llevarse más de uno de estos perros por persona.

También se publican normas para todo tipo de animales domésticos, como la prohibición de realizar las deposiciones sobre las aceras, parques, parterres, zonas verdes o terrizas y restantes elementos de la vía pública destinados al paso, disfrute o estancia de los ciudadanos -los propietarios o tenedores de animales deberán recoger y retirar los excrementos, limpiando la vía pública que hubiesen ensuciado- y la prohibición de la limpieza y lavado de animales domésticos en la vía pública.

El texto concluye especificando que se exigirá a los vecinos, por parte de los agentes que realicen la vigilancia, el cumplimiento de las normas reseñadas.