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Cada vez es más la oferta informativa para asegurar al consumidor una serie de derechos inherentes en cuanto a la adquisición de compromisos en cuanto a las NTIC

La Oficina de Información al Consumidor de Miguelturra valora las consultas ciudadanas en cuanto a nuevas tecnologías

La Oficina Municipal de Miguelturra de Información al Consumidor, OMIC, informa y valora sobre las incidencias de la ciudadanía que reclama su colaboración y ayuda en temas de adquisición de equipos, deberes y derechos en los servicios de las nuevas tecnologías de la información, ya que son cada vez más numerosas las consultas y reclamaciones que los ciudadanos presentan en la OMIC en relación con los servicios de Internet.

Problemas referidos a contratos, velocidad de las líneas, atención, etc.
Por ello queremos dar una información sencilla sobre cuáles son los derechos de los usuarios en este sector de las telecomunicaciones

Debemos guardar toda la publicidad sobre la oferta que hayamos contratado, ya que la publicidad es vinculante, y nos servirá para el caso en el que la prestación que recibamos sea diferente a la ofertada y contratada.

Los contratos deberán contener unos datos mínimos como nombre o razón social del operador y domicilio, teléfono de atención al cliente, características del servicio que se ofrece, plazos de conexión, precios, plazo de vigencia del contrato, etc.

Si la contratación del servicio se realiza vía telefónica, correo electrónico, etc, podrá pedir el contrato al servicio de atención al cliente o consultarlo en la web de la compañía.

El usuario del servicio podrá rescindir el contrato realizando un aviso previo de 15 días. Es recomendable hacerlo por un medio fehaciente, como puede ser burofax, o bien acudir a la Oficina de Información al Consumidor, quién le tramitará la baja.

El tiempo en obtener la baja serán pasados los 15 días desde la fecha en que se comunica la misma. Si el operador no la diese en ese plazo, no podrá facturarnos, y el contrato se da como finalizado. Si nos siguiesen llegando facturas, podremos reclamar la devolución del importe cobrado.

Respecto a las facilidades para altas y bajas en los servicios, y respondiendo a las demandas de los usuarios, la reciente Ley de mejora de la protección de los consumidores y usuarios establece el derecho a darse de baja de los contratos suscritos con prestadores de servicios con las mismas facilidades con las que se dan de alta. Además deberá informar de este derecho y de la forma de hacerlo de manera previa y gratuita, sin obligarle, por ejemplo a obtenerla a través de un número telefónico de tarificación adicional.

A veces surge el problema de la interrupción injustificada del servicio, por causas no imputables al usuario. En estos casos, el operador estará obligado a indemnizar al abonado en la factura correspondiente al período siguiente al de la interrupción, según lo establecido en el contrato.

Respecto a las dificultades en la conexión, tenemos derecho a acudir al servicio de atención al cliente o servicio de asistencia técnica, quienes deberán solucionarnos el problema.

Otro de los problemas que pueden surgir es navegar a una velocidad inferior a la contratada. Esta velocidad constará tanto en el contrato como en la oferta. Si se diera este caso, que ocurre a veces, podremos exigir la velocidad contratada, o bien la rescisión del contrato sin penalización alguna.