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Normativa, instrucciones y modelo de solicitud para registrar una asociación en Miguelturra

El Registro Municipal de Asociaciones Vecinales del Ayuntamiento de Miguelturra, se constituyó mediante acuerdo del Pleno de la Corporación con fecha 6 de diciembre de 1998 al objeto de permitir a este Ayuntamiento conocer el número de entidades y asociaciones existentes en este municipio, sus fines y su representatividad, a los efectos de posibilitar una correcta política municipal de fomento del asociacionismo vecinal.

NORMAS PARA LA INSCRIPCIÓN 
Para obtener la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales, todas aquéllas cuyo objeto sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales de los vecinos del municipio y, en particular, las asociaciones de vecinos de un barrio, las de madres y padres de alumnos, las entidades culturales, deportivas, recreativas, juveniles, sindicales, empresariales, profesionales y cualesquiera otras similares, deberán solicitar (telemáticamente) el alta, según modelo de solicitud que se facilitará a los interesados, acompañada de la siguiente documentación
1. Estatutos de la Asociación. 
2. Número de inscripción en el Registro General de Asociaciones de Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. 
3. Nombre de las personas que desempeñan los cargos directivos de la Asociación. 
4. Domicilio Social (copia del CIF de la Asociación) 
5. Presupuesto del año en curso. 
6. Programa de Actividades del año en curso. 
7. Certificación del número de socios.

Al estar obligadas a comunicarse electrónicamente con la administración, según lo dispuesto en el art. 14 de la Ley 39/215, la Asociación solicitante deberá disponer del correspondiente certificado de representante de firma electrónica para realizar sus solicitudes o trámites necesarios.

La inscripción en el Registro Municipal es independiente del Registro General de Asociaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el que, asimismo, deben figurar inscritas todas ellas.

Las asociaciones inscritas estarán obligadas a notificar al Registro Municipal todas las variaciones de los datos aportados al mismo dentro del mes siguiente al que se produzcan.

El presupuesto y el programa anual de actividades se comunicarán dentro del mes de enero de cada año. 

El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a la baja de la asociación en el Registro, previo trámite de audiencia efectuado en la persona de sus representantes.

La inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales conferirá a las correspondientes asociaciones o entidades la posibilidad de ejercitar los derechos reconocidos a las mismas en los artículos 232 a 235 del citado R.D. 2568/1986 y cualesquiera otros reconocidos en la normativa legal o reglamentaria de aplicación.

El Registro se llevará a cabo en la Secretaría General del Ayuntamiento y sus datos serán públicos, sin perjuicio de las limitaciones legalmente establecidas en cuanto a protección de la intimidad de las personas.


PUBLICACIÓN DE DATOS EN LA WEB MUNICIPAL.

Desde que se publicó oficialmente el portal web oficial del Ayuntamiento de Miguelturra (2003), www.miguelturra.es, ofrecemos el que cualquier asociación que se registre también pueda consultarse en el listado de asociaciones de la localidad. Dicha información, además de otras referentes a asociaciones locales, pueden consultarlo en la zona “Asociaciones” del portal web o directamente haciendo un clic AQUÍ.

Si desea que aparezcan los datos de su Asociación en la web municipal, deberá comunicarlo al responsable de la misma: contactar@ayto-miguelturra.es, aportando los siguientes datos:

  • NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN.
  • DESCRIPCIÓN: Hasta 2 páginas.
  • IMAGEN / LOGOTIPO: En formato JPG o PNG 1 megabyte.
  • DIRECCIÓN POSTAL,
  • CORREO ELECTRÓNICO
  • TELÉFONO y PERSONA DE CONTACTO
  • URL (PÁGINA WEB): si la hubiera.
  • REDES SOCIALES: Facebook, Twitter, Instagram y YouTube si las hubiera.


MODELO DE SOLICITUD.
Pueden descargar el modelo de solicitud para solicitar esta inscripción tanto al pie de esta noticia en formato PDF como en la zona “Asociaciones” anteriormente aludida donde está esta normativa.