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Información de la Policía Local sobre cómo realizar el registro de armas de aire comprimido o gas comprimido

La Policía Local de Miguelturra, dependiente del área de Seguridad Ciudadana, informa sobre la forma de registrar y tener registro de armas de aire comprimido o gas comprimido.

Dadas las numerosas y diferentes consultas realizadas a la Policía Local de Miguelturra, en referencia a la posesión, transporte y utilización de carabinas de aire comprimido, se informa que:

El Real Decreto 653/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento de Armas aprobado por el R.D. 137/1993, de 29 de enero, establece en su artículo 9.1 que se inscribirán en el Registro Nacional de Armas (RNA), además de las armas de fuego, aquellas otras armas que no son de fuego: entre las que se incluyen, las de aire comprimido u otro gas comprimido y defensas eléctricas.

En cuanto a las armas de aire u otro gas comprimido, el artículo 105.6 del mencionado Reglamento de Armas, establece:

CONCESIÓN: 
Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas por los alcaldes de los municipios en donde residan los solicitantes, debiendo acompañar el arma en todo caso. Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.

CLASES DE TARJETAS: 
La tarjeta TIPO A, cuya validez será cinco años, podrá documentar hasta seis armas de la categoría 4.1. (Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas).

Los solicitantes de la tarjeta tipo A deben acreditar tener cumplidos los catorce años de edad, mediante la presentación de su DNI.

La tarjeta TIPO B, cuya validez será permanente, podrá documentar un número ¡limitado de armas de la categoría 4 .2. (Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas).

La tarjeta de armas se expedirá en impreso, que confeccionará la Dirección General de la Guardia Civil. Se destinará un ejemplar al interesado y un segundo (tarjeta de color blanco) que será remitido por la Alcaldía a la Intervención de Armas.

DATOS: 
Los datos que deben figurar en dicha tarjeta serán los siguientes: 
- Datos del titular (nombre, apellidos, DNI, fecha de nacimiento, dirección de residencia, teléfono y correo electrónico). 
- Datos del arma (tipo, marca, modelo, número de serie y calibre) 
- Factura de compraventa del arma. 
- Se adjunta copia ejemplo a la galería de la presente incidencia.

A modo de ejemplo, publicamos bajo estas líneas dos imágenes que aclaran mucho mejor este registro que se debe efectuar si se posee y usan armas de aire comprimido o de gas comprimido.

Para una mayor información, dudas o consultas pueden hacerlas en las oficinas de la Policía Local o llamando al 926242121.