Información a las personas afectadas por el Concurso de Acreedores de la Sociedad Cooperativa Tierra de Calatrava.
A continuación se da a conocer íntegramente la nota informativa enviada a los medios de comunicación por parte de la Administración Concursal para difundir entre todos los afectados por el Concurso de Acreedores de Tierra de Calatrava, información que también se publicará en prensa escrita y tablones de anuncios de la localidad:
INFORMACIÓN A LOS AFECTADOS.
Es conocido y notorio que TIERRA DE CALATRAVA, SOCIEDAD COOPERATIVA presentó y se admitió por el Juzgado de lo Mercantil de Ciudad Real solicitud de declaración en estado de concurso de acreedores voluntario, es decir, a instancias de la propia sociedad cooperativa.
Dicha solicitud fue resuelta en AUTO de fecha 5 de marzo de 2.009 siendo nombrados administradores concursales el abogado Francisco Javier Lara López, el auditor de cuentas Alejandro Latorre Atance y el la Agencia Estatal de Administración Tributaria, los dos primeros hemos aceptado el cargo, no así la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Queda por tanto pendiente el nombramiento, entre los acreedores, del tercer administrador concursal.
Los miembros del Consejo Rector han sido privados de las facultades de administración y disposición que hasta el día cinco de marzo ejercían.
La declaración en situación de concurso fue publicada en el diario La Tribuna de Ciudad Real y el BOE.
Con la aceptación del cargo de al menos dos de los administradores y la publicación indicada se abre la FASE COMÚN DEL PROCEDIMIENTO CONCURSAL.
Finalidad de esta fase:
Primero.- Conocer la situación real de la sociedad cooperativa.
Segundo.- Conocer las causas que han motivado la solicitud de situación de concurso de acreedores.
Tercero.- Permitir a los acreedores, sean o no cooperativistas, comunicar a esta Administración Concursal los créditos que la cooperativa les debe, sea cual sea su origen, ya procedan de la sección de crédito o de cualquier actividad de la cooperativa.
Cuarto. Con la información obtenida en esta fase común esta administración concursal emitirá un informe que será puesto a disposición del Juzgado en el que se pondrá de manifiesto cuales han sido las causas de la situación de concurso, la viabilidad o no de la sociedad cooperativa y cuáles han sido las decisiones adoptadas por esta administración concursal desde que se acepto su cargo.
ACTUACIONES QUE HASTA AHORA HA LLEVADO A CABO LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL.
- Aceptación del cargo el día 11 de marzo de 2.008.
- Reunión con los Jefes de los distintos departamentos en las oficinas de la cooperativa el día 18 de marzo.
- Al haberse suspendido las facultades del Consejo Rector se ha elegido a una persona ajena a la cooperativa como coordinador de los distintos departamentos, esta persona es Oscar Bautista, quien en todo momento transmitirá a esta Administración Concursal las necesidades de la cooperativa y seguirá las instrucciones precisas que reciba de esta administración.
- Se están negociando convenios de colaboración con las siguientes entidades financieras: Unicaja, la Caixa, Caja Madrid y Banesto para la tramitación a los socios que así lo deseen de los expedientes de la PAC.
- Se ha abierto cuenta en la entidad UNICAJA a nombre de Tierra de Calatrava, cuyo control es exclusivo de esta administración concursal.
ACTUACIONES INMINENTES.- (Del 23 al 31 de marzo).
Con el objeto de facilitar las comunicaciones de crédito a los vecinos afectados desde la propia cooperativa se les va a facilitar la siguiente documentación:
Primero.- Escrito de circularización de la administración concursal en el que se indicarán los datos del procedimiento concursal y cómo se debe insinuar y comunicar el crédito que tienen contra la cooperativa.
Segundo.- Documentación precisa para la comunicación de su crédito: por ejemplo preliquidaciones de los productos entregados.
Tercero.- Los afectados que lo deseen podrán, para evitar su desplazamiento al Juzgado de lo Mercantil, comunicar sus créditos en las oficinas de la sociedad cooperativa, encargándose esta administración concursal de presentar los créditos que le hayan sido confiados en el Juzgado de lo Mercantil. Quien lo desee podrá presentar su escrito de comunicación de crédito en el Registro de escritos civiles de los Juzgados de Ciudad Real.
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES.-
Primero.- ¿Dónde está mi dinero? Al día de la fecha esta administración concursal no puede conocer el destino de las imposiciones efectuadas por cooperativistas o terceras personas en la sección de crédito de la cooperativa. Es uno de los objetivos de la fase común y del informe con el que concluye.
Segundo.- ¿Cuánto va a durar el proceso? La fase común tiene, por Ley una duración de dos meses a contar desde la aceptación del cargo de dos administradores este plazo se puede ampliar por circunstancias extraordinarias por plazo no superior a un mes, siempre que concurran estas. En este plazo la administración tiene que emitir su informe. Una vez presentado el informe se pueden producir impugnaciones al mismo que serán resueltas en el Juzgado de lo Mercantil.
Tercero.- ¿Cuando se me va a pagar lo que se me debe? El pago de la totalidad de las deudas o de parte de ellas no se puede hacer mientras dura la fase común. Terminada la misma hay que distinguir si se alcanza un convenio, que significaría la continuidad de la cooperativa, o si se produce la liquidación de la cooperativa.
Si se alcanza un convenio será en este convenio en el que se indicará cuando y cuanto va a percibir cada acreedor. La existencia de convenio depende de los propios acreedores quienes deben prestar su consentimiento en el porcentaje que marca la Ley para cada caso.
Si no existe un convenio se produce la liquidación de la cooperativa y con lo obtenido de la venta de sus activos se procederá al pago de los acreedores reconocidos por el orden que marca la Ley.
Cuarto - ¿Qué debo hacer hasta entonces? La actuación esencial del afectado es la comunicación de su crédito en la forma que antes se ha indicado y ello a la mayor brevedad posible.
Quinto- ¿Va a exigirse responsabilidad al Consejo Rector? La administración concursal procederá, como se ha indicado, a conocer la verdadera situación de la sociedad cooperativa y las causas que la han motivado y las posibles soluciones a la situación creada; en función de ello adoptará las medidas que proceda.
Seto.- ¿Seguirá funcionando la Sociedad Cooperativa? La idea inicial de esta Administración concursal es retomar la actividad ordinaria y común de la sociedad cooperativa lo antes posible para recuperar la confianza de los cooperativistas, pues son ellos de quienes depende la continuidad.
Séptimo.- ¿Se pueden vender los productos de la cooperativa? Esta administración concursal ha dado instrucciones precisas a los jefes de los distintos departamentos para la comercialización de aquellos productos que habitualmente se comercializan por la sociedad cooperativa para que la actividad de la misma se retome lo antes posible. Con las sumas obtenidas de dichas ventas se atenderán los gastos necesarios de la sociedad cooperativa y que sean consecuencia o necesarios para el ejercicio habitual de dicha actividad, por ejemplo: se pagarán nóminas de los trabajadores que continúen prestando sus servicios, se pagarán los seguros de responsabilidad.
Octavo. ¿En qué situación se encuentra el expediente de regulación de empleo? El expediente ha sido entregado por el Juzgado a esta Administración concursal con fecha 20 de marzo de 2.009, y ahora se abrirá el período de consultas que establece la Ley.
Noveno.- ¿Puede la Administración concursal o el Juzgado dar soluciones individuales a perjudicados que se encuentre en situaciones muy difíciles o angustiosas? Lamentablemente ni el Juzgado ni esta Administración concursal pueden hacerlo.
RUEGO A LOS AFECTADOS.-
La relación de afectados que obra en el expediente supera los dos mil.
Tanto la administración concursal como el Juzgado han recibido visitas de perjudicados exponiendo su situación personal y/o demandando una pronta solución a la situación en la que se encuentran.
Tanto el órgano judicial como esta administración son conscientes de tales situaciones y de la angustia que supone para los afectados, por ello necesitan emplear todo el tiempo del que disponen para trabajar y hacer avanzar el procedimiento de la forma más rápida posible.
Por ello esta administración concursal ruega de los afectados que en lo sucesivo, salvo circunstancias muy excepcionales, eviten, en la medida de lo posible, realizar las consultas que hasta ahora se han venido realizando y para cuya contestación se hace esta nota de información. Imagínense dos mil perjudicados a diez minutos cada uno ellos.
Por este mismo medio se procurará informar a los afectados de la situación en la que se encuentra el procedimiento y de aquellas resoluciones más significativas que se vayan dictando.
Ciudad Real, 20 de marzo de 2.009.
LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL.