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La OMIC de Miguelturra da a conocer las pautas que rigen esta nueva reglamentación que nos afecta a todos y todas

Información de la Oficina Municipal de Información y Consumo sobre la liberalización del mercado eléctrico

Según indica la Oficina Municipal de Información y Consumo de Miguelturra, ubicada en la planta baja del Ayuntamiento, situado en la Plaza de España, a partir del 1 de Julio de 2009, desaparece el sistema de tarifas reguladas y todos los usuarios y usuarias de electricidad pasamos al mercado libre, de tal forma que se van a recibir ofertas de las empresas comercializadoras ofreciendo un precio más ventajoso y poder libremente contratar con una u otra.

También, a partir del día 1 de julio se establece la tarifa de último recurso, que es el precio máximo que las empresas comercializadoras de podrán cobrar a los usuarios/as del servicio eléctrico.

Teniendo en cuenta el traspaso del mercado regulado al mercado libre y la aplicación de la tarifa de último recurso, los consumidores deben saber que si se tiene una potencia contratada igual o inferior a 10 Kw se puede escoger entre:

- Contratar con una empresa comercializadora y pactar libremente el precio.
- Contratar la tarifa de último recurso con una de las empresas designadas que prestan el servicio de último recurso:

ENDESA ENERGÍA XXI, S. L. / IBERDROLA COMERCIALIZACIÓN DE ÚLTIMO RECURSO, S.A. U. / UNIÓN FENOSA METRA, S.L. / HIDROCANTÁBRICO ENERGÍA ÚLTIMO RECURSO, S. A. U. / E.ON COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO, S. L.

- O si el 1 de Julio de 2009 no se ha cambiado al mercado libre, pasará automáticamente a recibir el suministro de la empresa comercializadora de último recurso que pertenece al grupo empresarial de la empresa distribuidora con quien se haya estado hasta ahora (en nuestra zona: UNIÓN FENOSA METRA).

Si tenemos una potencia contratada superior a 10 Kw:
- Contratar una empresa comercializadora a un precio pactado libremente.
- No hacer ninguna gestión. El día 1 de julio el suministro eléctrico será automáticamente asumido por la empresa UNION FENOSA METRA, y se aplicará un precio superior que se irá incrementando automáticamente con el tiempo, para incentivar el contrato con una empresa comercializadora.

Las empresas distribuidoras de energía eléctrica tendrán que incluir una carta en todas las facturas que emitan a sus clientes con contrato en vigor en el mercado a tarifa, desde la primera factura emitida a partir de la entrada en vigor del Real decreto 485/2009 y hasta el 1 de enero de 2010, informando de este proceso de liberalización del mercado eléctrico y de los derechos de los usuarios.

Por lo tanto, ante esta nueva situación, si se recibe una llamada telefónica o una visita inesperada en el domicilio para que cambie de compañía eléctrica:
- Fíjese bien en quién le llama en el teléfono o en la puerta del domicilio, y pida que se identifique.
- Le tienen que informar claramente de la finalidad comercial y de las características esenciales del servicio que le ofrece.
- Tenga en cuenta los precios, los descuentos... todos los servicios que ofrecen.
- No se sienta presionado/a y no se precipite, pida toda la información que haga falta.
- No facilite sus datos bancarios, ni las facturas anteriores, ni sus datos personales si no está realmente seguro de la contratación.
- Estudie muy bien la oferta de la nueva compañía antes de darse de alta.
- Compare los precios y los servicios que le ofrecen, sobre qué términos de la factura se realizan los descuentos, así como el tiempo de duración de la oferta y duración del contrato de permanencia si lo hubiese.
- Puede escoger qué empresa comercializadora quiere que le preste el servicio.
- Pregunte cuáles son los requisitos para hacer el cambio de compañía, si realmente le interesa.
- Si tiene contratada alguna financiación con la compañía actual, infórmese de cómo quedará.
- Lea detenidamente el contrato y nunca firme un documento en blanco.
- El nuevo contrato se tiene que realizar por escrito y en ejemplar doble.
- Tiene 7 días para desistir del contrato sin tener que dar ninguna justificación.
- Todas las empresas disponen de hojas oficiales de reclamación/denuncia.
- Es una garantía escoger una empresa adherida al sistema arbitral de consumo.

Para una mayor información o consultas sobre este tema existe una oficina municipal de Información y Consumo, donde le aclararán cualquier duda al respecto.