Plaza de España, 1

  926 241 111

  9:00 a 14:00 horas. Lunes a viernes

El plazo máximo para solicitarlo será el 30 de abril de 2014.

El Impuesto de Bienes e Inmuebles del Ayuntamiento de Miguelturra se puede fraccionar en dos plazos.

El Ayuntamiento de Miguelturra informa que el Impuesto de Bienes e Inmuebles, más conocido como IBI o contribución, se puede fraccionar en dos plazos, sin ningún tipo de incremento en la cuota o recargo alguno o intereses.

De esta forma la primera parte del recibo, un 50 por ciento, se cargaría en el mes de julio y el otro se cargaría en octubre, siendo necesaria su domiciliación; para ello está establecido el 30 de abril como fecha máxima para solicitar este fraccionamiento en las oficinas del Ayuntamiento, primera planta, aportando el número de cuenta bancaria donde ser domiciliados los dos recibos con el código IBAN (se hace inciso en este dato imprescindible para su domiciliación) y el recibo del pasado año.