Plaza de España, 1

  926 241 111

  9:00 a 14:00 horas. Lunes a viernes

Consumo advierte de la venta de chalecos reflectantes que no cumplen los requisitos legales

Consumo advierte de la venta de chalecos reflectantes que no cumplen los requisitos legales

La Dirección General de Consumo advierte de la venta de chalecos reflectantes que no cumplen los requisitos legales y carecen de suficiente retrorreflectancia, ya que pueden suponer un riesgo para los conductores, al no ser suficientemente vistos en circunstancias de baja visibilidad de la vía.

Consumo recuerda, tras haber realizado un muestreo indicativo de estas prendas en Castilla-La Mancha, que el chaleco reflectante homologado debe incluir en su etiquetado las siguientes indicaciones como mínimo: marca comercial o cualquier otro medio de identificación del fabricante o de su representante autorizado.

También debe recoger la designación del tipo de producto (chaleco alta visibilidad o chaleco reflectante), la talla de acuerdo con la norma EN340 (la más normal es la XL), la clase según la norma EN-471 (los chalecos deben de ser clase 2), un pictograma con dos números (el de arriba indica la clase de prenda y el de abajo la clase de materia reflectante), el número de lavados que resiste el chaleco, puesto que a medida que se va lavando la fluorescencia se va perdiendo, el mantenimiento del chaleco y el pictograma del marcado CE.

Al chaleco le debe acompañar de manera obligatoria un folleto informativo que debe estar redactado en castellano.

En este folleto debe figurar el número de homologación, la composición de la prenda, su color, la superficie mínima de cada material en metros cuadrados, las instrucciones de mantenimiento y de uso y el organismo certificador.

La semana pasada entró en vigor la obligatoriedad del conductor de portar un chaleco reflectante cuando salga del vehículo y se sitúe en la calzada o el arcén, tanto de día como de noche.

Fuente www.jccm.es