Plaza de España, 1

  926 241 111

  9:00 a 14:00 horas. Lunes a viernes

La tramitación se puede hacer vía online o presencial.

La Consejería de Sanidad de la Junta concede ayudas económicas a los celíacos y celíacas.

El Área de Bienestar Social del Ayuntamiento de Miguelturra informa, a través del portal web municipal, de la convocatoria de ayudas para las personas afectadas por la enfermedad celíaca.

Están enfocadas a conceder ayudas económicas destinadas a compensar la carga económica por la adquisición de alimentos especiales por parte de los ciudadanos de Castilla-La Mancha que padezcan la enfermedad celíaca, destinado a personas físicas que padezcan la enfermedad celíaca objeto de la presente convocatoria, siempre que quede acreditado el padecimiento de esta enfermedad y que estén empadronados en Castilla-La Mancha de forma continuada desde el 1 de enero de 2007 hasta la fecha de inicio del plazo de presentaciones.

No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en esta Orden las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias descritas en la Base Tercera, apartado 2 de la presente Orden. La cuantía que se concederá a cada beneficiario será de 300 euros.

Las ayudas previstas en esta Orden se concederán a todos los que la soliciten en debida forma y acrediten documentalmente cumplir los requisitos exigidos en la Base Tercera.

Tramitación por internet (vía online).
En el apartado Modelos a aportar de esta ficha puede encontrar la información necesaria.

Documentación a aportar.
Solicitud, que, podrá presentarse por internet desde esta misma ficha, llamando al teléfono único de información 012 (902267090) para llamadas desde fuera de Castilla-La Mancha), o por fax. Junto con la solicitud podrá presentarse la siguiente documentación:
a) Certificado médico que acredite que el beneficiario padece la enfermedad.
b) Fotocopia debidamente compulsada del DNI del solicitante.
c) Libro de familia o documento que acredite la filiación del hijo o, en su caso, el acogimiento o tutela para las solicitudes que se presenten a favor de menores de edad.
d) Ficha de terceros según el modelo que figura en el Anexo II.
e) Certificado del Ayuntamiento de la localidad en la que el interesado se encuentre empadronado.
f) Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como de las obligaciones por reintegro de subvenciones según el modelo que figura en el Anexo III. En el supuesto de que el beneficiario fuese menor de edad, dicha declaración responsable deberá ser realizada por el padre, madre o tutor.
g) Declaración responsable prevista en el apartado 3 de la base tercera, según modelo que figura en el Anexo IV.
Cuando la solicitud se haya presentado telemáticamente o mediante llamada al 012 le será remitida al interesado para que la presente con firma manuscrita junto con la documentación anteriormente mencionada.


Plazo de presentación de instancias.
Inicio de Plazo: 8/5/2008.
Fin de Plazo: 7/8/2008.


Lugar de Presentación.

Las solicitudes podrán presentarse: en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas, y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista por ley.


Plazo de resolución.

Máximo dos meses contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Unidad Orgánica competente.




Más información en las oficinas del Centro Social de Miguelturra o de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.