Calendario escolar de enseñanzas no universitarias para el curso académico 2014-2015 en Castilla La Mancha.
Resolución de 13/06/2014, de la Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional, por la que se concreta el calendario escolar de las enseñanzas no universitarias para el curso académico 2014/2015 en la Comunidad de Castilla-La Mancha.
La Orden de 8 de junio de 2005 (DOCM del 15), de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se establecen los criterios y el procedimiento para la elaboración de los calendarios escolares provinciales de las enseñanzas no universitarias, modificada por la Orden 29/06/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, fija las normas comunes que han de tener en cuenta los Servicios Periféricos Provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en la elaboración y aprobación de los calendarios escolares, de forma que se garantice el derecho a la educación del alumnado, así como la necesaria coherencia pedagógica y organizativa que optimice la calidad del servicio educativo.
En las citadas Órdenes queda determinado que el principio y el final de curso, el establecimiento de la celebración del Día de la Enseñanza, así como el descanso escolar entre el segundo y tercer trimestre, serán fijados por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, para cada curso académico. Procede, por tanto, el establecimiento de dichas fechas.
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
La presente Resolución tiene por objeto fijar el principio y el final de las actividades lectivas de las enseñanzas no universitarias para el curso académico 2014/2015, así como el Día de la Enseñanza, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Segundo. Inicio y final de las actividades lectivas.
1. El inicio y el final de las actividades lectivas para cada tipo de enseñanza será el establecido a continuación:
a) Las enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial comenzarán el día 10 de septiembre de 2014 y finalizarán el día 19 de junio de 2015.
b) Las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, el segundo curso de los Ciclos Formativos de Grado Medio y el segundo curso de los ciclos Formativos de Grado Superior, comenzarán el 15 de septiembre de 2014.
La finalización será el día 24 de junio de 2015, excepto para el segundo curso de Bachillerato, cuya finalización estará en función de la realización de las Pruebas de Acceso a Estudios de Grado (PAEG).
c) El primer curso de los Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior iniciará su actividad el día 29 de septiembre de 2014 y concluirá el 24 de junio de 2015.
d) Las enseñanzas de Educación de Personas Adultas comenzarán el día 16 de septiembre de 2014 y finalizarán el 18 de junio de 2015.
e) Las enseñanzas de Música y Danza de los Conservatorios y las enseñanzas de Idiomas de las Escuelas Oficiales de Idiomas comenzarán el día 22 de septiembre de 2014 y finalizarán el 12 de junio de 2015.
g) Las fechas de inicio y fin de las Enseñanzas artísticas superiores comenzarán el día 17 de septiembre de 2014 y finalizarán el 22 de junio de 2015.
2. Los días festivos de la localidad que se celebren en periodos no lectivos de verano, se sustituirán preferentemente, según el procedimiento establecido en la Orden 8 de junio de 2005, por fechas del primer trimestre del curso escolar 2014/2015.
Tercero. Día de la Enseñanza.
El Día de la Enseñanza se celebrará el 30 de enero de 2015.
Cuarto. Descanso escolar entre el segundo y tercer trimestre.
De acuerdo al Artículo único, punto 3, Disposición Transitoria de la Orden de 29/06/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden de 08/06/2005, las vacaciones de Semana Santa comprenderán desde el día 30 de marzo hasta el 6 de abril de 2015, ambos inclusive.
Toledo, 13 de junio de 2014
La Directora General de Organización,
Calidad Educativa y Formación Profesional
ISABEL COUSO TAPIA
La Orden de 8 de junio de 2005 (DOCM del 15), de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se establecen los criterios y el procedimiento para la elaboración de los calendarios escolares provinciales de las enseñanzas no universitarias, modificada por la Orden 29/06/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, fija las normas comunes que han de tener en cuenta los Servicios Periféricos Provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en la elaboración y aprobación de los calendarios escolares, de forma que se garantice el derecho a la educación del alumnado, así como la necesaria coherencia pedagógica y organizativa que optimice la calidad del servicio educativo.
En las citadas Órdenes queda determinado que el principio y el final de curso, el establecimiento de la celebración del Día de la Enseñanza, así como el descanso escolar entre el segundo y tercer trimestre, serán fijados por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, para cada curso académico. Procede, por tanto, el establecimiento de dichas fechas.
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
La presente Resolución tiene por objeto fijar el principio y el final de las actividades lectivas de las enseñanzas no universitarias para el curso académico 2014/2015, así como el Día de la Enseñanza, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Segundo. Inicio y final de las actividades lectivas.
1. El inicio y el final de las actividades lectivas para cada tipo de enseñanza será el establecido a continuación:
a) Las enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial comenzarán el día 10 de septiembre de 2014 y finalizarán el día 19 de junio de 2015.
b) Las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, el segundo curso de los Ciclos Formativos de Grado Medio y el segundo curso de los ciclos Formativos de Grado Superior, comenzarán el 15 de septiembre de 2014.
La finalización será el día 24 de junio de 2015, excepto para el segundo curso de Bachillerato, cuya finalización estará en función de la realización de las Pruebas de Acceso a Estudios de Grado (PAEG).
c) El primer curso de los Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior iniciará su actividad el día 29 de septiembre de 2014 y concluirá el 24 de junio de 2015.
d) Las enseñanzas de Educación de Personas Adultas comenzarán el día 16 de septiembre de 2014 y finalizarán el 18 de junio de 2015.
e) Las enseñanzas de Música y Danza de los Conservatorios y las enseñanzas de Idiomas de las Escuelas Oficiales de Idiomas comenzarán el día 22 de septiembre de 2014 y finalizarán el 12 de junio de 2015.
g) Las fechas de inicio y fin de las Enseñanzas artísticas superiores comenzarán el día 17 de septiembre de 2014 y finalizarán el 22 de junio de 2015.
2. Los días festivos de la localidad que se celebren en periodos no lectivos de verano, se sustituirán preferentemente, según el procedimiento establecido en la Orden 8 de junio de 2005, por fechas del primer trimestre del curso escolar 2014/2015.
Tercero. Día de la Enseñanza.
El Día de la Enseñanza se celebrará el 30 de enero de 2015.
Cuarto. Descanso escolar entre el segundo y tercer trimestre.
De acuerdo al Artículo único, punto 3, Disposición Transitoria de la Orden de 29/06/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden de 08/06/2005, las vacaciones de Semana Santa comprenderán desde el día 30 de marzo hasta el 6 de abril de 2015, ambos inclusive.
Toledo, 13 de junio de 2014
La Directora General de Organización,
Calidad Educativa y Formación Profesional
ISABEL COUSO TAPIA