Bases y normas para la explotación de las Casetas de la Ferias de Septiembre 2005.
Con motivo de la celebración de las próximas Fiestas Patronales, esta Concejalía abre periodo de solicitudes para la explotación de CASETAS DE FERIA, de acuerdo a las siguientes bases:
1º.-Pueden presentar ofertas los colectivos y profesionales del sector .
2º.-Los días de explotación serán los comprendidos entre el 7 y el 16 de Septiembre, ambos inclusive.
3º.-Se contratarán casetas en función de la demanda que se produzca, no obstante no se sobrepasará el número de cuatro .
4º.-Las casetas tendrán unas características análogas a las de años anteriores: 90 m2 , cierre metálico, frontal de lona siendo entregada totalmente instalada, corriendo por cuenta del adjudicatario lo referente a instalación de servicios como luz y agua.
5º.-Cada solicitante deberá hacerse cargo del pago del importe de alquiler de cada caseta, siendo el precio estimado de 1.517,19 Euros. más 16% I.V.A. ascendiendo a 1.760 Euros .
6º.- Además del importe del alquiler, se abonarán 280.8 Euros en concepto de ocupación de terrenos más 150 Euros de fianza con objeto de respetar y cuidar el lugar de instalación (cualquier diferencia a la baja o al alza repercutirá en el solicitante).
7º.-La presentación de ofertas deberá realizarse en la Casa de Cultura (C/ Perlerines, 26), antes del día 20 de Agosto.
8º.-El abono de los costes fijados se hará antes de la instalación de las casetas, haciendo entrega del 50% en el momento de la adjudicación y el 50% restante antes del día 30 de Agosto.
9º.-La persona o empresa adjudicataria quedará obligada a hacerse responsable de la instalación, no pudiendo hacer renuncia a la misma, perdiendo, en caso contrario, las cantidades entregadas a cuenta.
10º.-La música deberá finalizar como máximo a las 6 de la mañana , pudiendo quedar abiertas al público las mismas . Queda prohibido la apertura lateral de las casetas .
11º.-La elección de casetas se realizará por sorteo el miércoles 31 de Agosto a las 12 de la mañana en la Casa de Cultura, momento en el que se mantendrá una reunión informativa con los adjudicatarios .
12º.-Los colectivos locales legalmente constituidos se les aplicará un tratamiento específico con una reducción del 50% del importe total . Los profesionales o particulares se les aplicará un descuento específico.
13º.- El incumplimiento de estas normas puede suponer la retirada del permiso, perdida de lo abonado y cierre de la caseta durante dos días.