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Bando de Alcaldía a colación de la limpieza y vallado de solares con riesgo de incendio

BANDO (20 de mayo de 2024)

EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MIGUELTURRA HACE SABER:

Que todos los propietarios de solares, dentro del casco urbano, deberán proceder a su adecuada limpieza, que deberá ser efectuada con especial intensidad en lo referente a papel y elementos vegetales secos y, en general a cualesquiera otros que pudieran provocar riesgo de incendio. Artículos 7, 8 y 12 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Limpieza de Solares.

Asimismo, se deberá proceder al cerramiento de los solares, que deberán ser efectuados con material opaco con una altura de dos metros, revocado y pintado y deberá seguir la línea de edificación, entendiendo por tal la que señala a un lado y otro de la calle o vía pública el límite a partir del cual podrán o deberán levantarse construcciones. Artículos 9, 10 y 12 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Limpieza y Vallado de Solares.

La limpieza deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes a la publicación del presente bando y el vallado dentro de los 2 meses siguiente a la publicación. Transcurrido el plazo concedido sin haber ejecutado las medidas precisas se iniciará expediente sancionador y se realizarán las obras por el Ayuntamiento, con cargo al obligado, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo vigente.

LA ALCALDÍA