El Ayuntamiento aprueba inicialmente en Sesión Plenaria varias ordenanzas
El Boletín Oficial de la Provincia de este miércoles 18 de febrero de 2009 recoge dos anuncios del Ayuntamiento de Miguelturra en los cuales se da información a la aprobación inicial de la ordenanza municipal de otorgamiento de licencias de apertura de establecimientos y actividades, por un lado, y aprobación inicial de la modificación puntual de la ordenanza municipal de taxi.
Éstos fueron aprobados en sesión plenaria de carácter ordinario celebrada el día 18 de diciembre de 2008 que estarán expuestos en las dependencias de la Secretaría General de esta Corporación por el plazo de los treinta días hábiles siguientes al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia durante los cuales, los interesados podrán examinarlo y presentar, en su caso, las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.
Finalizado el período de exposición pública, el Pleno del Ayuntamiento adoptará el acuerdo definitivo que entienda procedente, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando, en su caso, la redacción definitiva de la ordenanza expresada. En el caso de que no se formulen reclamaciones en forma en el plazo expresado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
La mencionada modificación al Reglamento, con las enmiendas que en su caso sean introducidas en el trámite de aprobación definitiva, entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Éstos fueron aprobados en sesión plenaria de carácter ordinario celebrada el día 18 de diciembre de 2008 que estarán expuestos en las dependencias de la Secretaría General de esta Corporación por el plazo de los treinta días hábiles siguientes al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia durante los cuales, los interesados podrán examinarlo y presentar, en su caso, las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.
Finalizado el período de exposición pública, el Pleno del Ayuntamiento adoptará el acuerdo definitivo que entienda procedente, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando, en su caso, la redacción definitiva de la ordenanza expresada. En el caso de que no se formulen reclamaciones en forma en el plazo expresado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
La mencionada modificación al Reglamento, con las enmiendas que en su caso sean introducidas en el trámite de aprobación definitiva, entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.