Ayudas al arrendamiento de viviendas en Castilla La Mancha.
Dentro del conjunto de medidas y acciones que tiene por objeto desarrollar una política regional de vivienda que avance en la plena efectividad del derecho a una vivienda digna reconocido en el artículo 47 de la Constitución Española, y habiendo perdido vigencia el Decreto 173/2009, de 10 de noviembre, que regula en el ámbito de Castilla-La Mancha el V Plan Estatal de Vivienda 2009-2012, por finalización del referido período, resulta preciso dar continuidad al desarrollo
normativo y a la gestión de la política de vivienda en nuestra Región, siendo necesario, mediante la presente Orden, regular y convocar ayudas al arrendamiento de viviendas, al amparo de nuestra normativa vigente en materia de subvenciones, conforme a lo establecido en el Decreto 94/2008, de 1 de julio, por el que se regulan las subvenciones de carácter excepcional para programas de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda [actual de Fomento] sujetas al artículo 75.4 c) del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha
La presente Orden convoca ayudas directas al objeto de reactivar el sector inmobiliario mediante la dinamización del mercado de arrendamientos y contribuir a posibilitar el acceso a una vivienda digna en régimen de alquiler, facilitando a la vez la movilidad laboral, con el consiguiente incremento de la eficacia en el mercado de trabajo y mejora de la competitividad. Asimismo, tiene por finalidad amparar a determinados colectivos de personas vulnerables, que como consecuencia de una situación de desempleo o inactividad económica, se han visto imposibilitados para atender a sus obligaciones derivadas de los créditos hipotecarios, y tienen dificultades para acceder a una vivienda digna.
Las ayudas que se regulan y convocan en la presente Orden, se han configurado observando los principios de eficiencia en la asignación de recursos y de eficacia en el cumplimiento de los objetivos, por ello las ayudas se han diseñado para que sean más equitativas que las de otros programas anteriores y lleguen a quienes realmente las precisan, sin excluir a priori, por su edad u otra circunstancia, a nadie que necesite la ayuda de la Administración autonómica.
Dichas ayudas se otorgan en función de los rendimientos económicos, teniendo como beneficiarios a todos los colectivos que precisen de esta ayuda, sobre el fundamento de un criterio universal y objetivo, como es el de la renta. Igualmente estas ayudas se orientan a la familia, y no a la persona individualmente considerada, excluyendo de este modo a las unidades de convivencia que percibían subvenciones sin que realmente las precisaran; es por ello por lo que ahora se calcula la renta del hogar para la concesión de las mismas.
Estas prestaciones, al tiempo que van a servir de limitación a la cuantía de las rentas relativas a los arrendamientos que se financian, van a impedir que amparen los arrendamientos más cuantiosos, los cuales no encuentran satisfacción de ningún tipo en los recursos públicos. De esta forma, se va financiar una proporción de la renta sin expresar una cuantía fija, a fin de evitar situaciones en las que se produzcan rentas adicionales y superiores a las del propio arrendamiento.
El disfrute de esta ayuda está limitado a un período máximo de doce meses prorrogables otros doce y se dirige a remover el principal obstáculo en el arrendamiento de viviendas, cual es el elevado importe de la renta de alquiler.
Es por ello que la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha ha publicado el lunes 6 de mayo de 2013 la Orden de 30/04/2013, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen y convocan ayudas al arrendamiento de viviendas, Orden que hemos publicado en la zona empleo, subsección "Ayudas y subvenciones", y lógicamente, por el interés y beneficio social para todos ustedes, también les trasladamos en formato de noticia en este su portal web municipal.
Haga un clic bajo estas líneas para consultar la Orden completa.
docm.castillalamancha.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1367567314377540385
normativo y a la gestión de la política de vivienda en nuestra Región, siendo necesario, mediante la presente Orden, regular y convocar ayudas al arrendamiento de viviendas, al amparo de nuestra normativa vigente en materia de subvenciones, conforme a lo establecido en el Decreto 94/2008, de 1 de julio, por el que se regulan las subvenciones de carácter excepcional para programas de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda [actual de Fomento] sujetas al artículo 75.4 c) del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha
La presente Orden convoca ayudas directas al objeto de reactivar el sector inmobiliario mediante la dinamización del mercado de arrendamientos y contribuir a posibilitar el acceso a una vivienda digna en régimen de alquiler, facilitando a la vez la movilidad laboral, con el consiguiente incremento de la eficacia en el mercado de trabajo y mejora de la competitividad. Asimismo, tiene por finalidad amparar a determinados colectivos de personas vulnerables, que como consecuencia de una situación de desempleo o inactividad económica, se han visto imposibilitados para atender a sus obligaciones derivadas de los créditos hipotecarios, y tienen dificultades para acceder a una vivienda digna.
Las ayudas que se regulan y convocan en la presente Orden, se han configurado observando los principios de eficiencia en la asignación de recursos y de eficacia en el cumplimiento de los objetivos, por ello las ayudas se han diseñado para que sean más equitativas que las de otros programas anteriores y lleguen a quienes realmente las precisan, sin excluir a priori, por su edad u otra circunstancia, a nadie que necesite la ayuda de la Administración autonómica.
Dichas ayudas se otorgan en función de los rendimientos económicos, teniendo como beneficiarios a todos los colectivos que precisen de esta ayuda, sobre el fundamento de un criterio universal y objetivo, como es el de la renta. Igualmente estas ayudas se orientan a la familia, y no a la persona individualmente considerada, excluyendo de este modo a las unidades de convivencia que percibían subvenciones sin que realmente las precisaran; es por ello por lo que ahora se calcula la renta del hogar para la concesión de las mismas.
Estas prestaciones, al tiempo que van a servir de limitación a la cuantía de las rentas relativas a los arrendamientos que se financian, van a impedir que amparen los arrendamientos más cuantiosos, los cuales no encuentran satisfacción de ningún tipo en los recursos públicos. De esta forma, se va financiar una proporción de la renta sin expresar una cuantía fija, a fin de evitar situaciones en las que se produzcan rentas adicionales y superiores a las del propio arrendamiento.
El disfrute de esta ayuda está limitado a un período máximo de doce meses prorrogables otros doce y se dirige a remover el principal obstáculo en el arrendamiento de viviendas, cual es el elevado importe de la renta de alquiler.
Es por ello que la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha ha publicado el lunes 6 de mayo de 2013 la Orden de 30/04/2013, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen y convocan ayudas al arrendamiento de viviendas, Orden que hemos publicado en la zona empleo, subsección "Ayudas y subvenciones", y lógicamente, por el interés y beneficio social para todos ustedes, también les trasladamos en formato de noticia en este su portal web municipal.
Haga un clic bajo estas líneas para consultar la Orden completa.
docm.castillalamancha.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1367567314377540385