Plaza de España, 1

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Seguridad Ciudadana

Servicio de mediación vecinal

La Policía Local de Miguelturra es un servicio público dirigido a la protección de la seguridad ciudadana y al cumplimiento de las ordenanzas municipales, que pretende, mediante la prevención y el auxilio, la mejora de la calidad de vida y de bienestar de los vecinos.

Trabajamos para ser una Policía Local eficaz y eficiente, abierta al cambio y al aprendizaje, adaptándose de forma inmediata a los requerimientos y a las necesidades que la ciudad de Miguelturra demanda de nosotros.

Objeto del servicio de Mediación Vecinal

  • Facilitar la resolución de los conflictos a través del diálogo, mediante un proceso de negociación encaminado a la obtención de acuerdos voluntarios entre las partes afectadas.

Alcance

  • Este servicio es aplicable a la realización de las gestiones necesarias para intentar resolver un conflicto vecinal o comunitario en el que el Ayuntamiento no sea parte, siempre que las partes implicadas estén de acuerdo y así lo soliciten, garantizándose la confidencialidad.

Coste del servicio

  • El servicio de mediación vecinal (SMV) es gratuito para las partes afectadas.

Requisitos

  • Las partes implicadas en el conflicto, deberán estar de acuerdo.

Tramitación del servicio de Mediación Vecinal

  • Podrá solicitarse personalmente en las instalaciones del Servicio de la Policía Local (C/ Lentejuela nº 7), donde rellenará formulario en el que constan sus datos personales y motivo por el que se solicita el servicio, así como otra información relevante que servirá para iniciar el expediente informativo.
  • Por llamada telefónica al servicio de contestador automático, al número 926241111, extensión 4000.
  • Por e-mail enviado a: policialocal@ayto-miguelturra.es

¿Qué es la Mediación Vecinal?

  • La mediación es un procedimiento por el cual las partes implicadas someten un conflicto a través de un mediador que facilita un proceso de negociación.

¿Qué es un mediador?

  • Es un profesional que puede facilitar la resolución de un conflicto, siempre que las partes implicadas estén de acuerdo y así lo soliciten, mediante sesiones conjuntas.

¿Cómo se desarrolla una sesión de mediación?

  • Convocadas las partes de mutuo acuerdo en día y hora, se moderan las intervenciones por el mediador/a, quien irá tomando notas de las manifestaciones y acuerdos a los que vayan llegando las partes, tras sus exposiciones, quedando los acuerdos plasmados en el convenio de mediación.

¿Qué es el convenio de Mediación Vecinal?

  • Es el documento escrito por el que el mediador expresa las manifestaciones de las partes y los compromisos que éstas adquieren tras la sesión. Una vez elaborado, es suscrito por las partes por triplicado.

 

Normas para la Mediación Vecinal

El Servicio de Mediación Vecinal (SMV) es gratuito, confidencial y voluntario cuya función es mediar en los conflictos vecinales favoreciendo el diálogo con las partes afectadas, para lograr una comprensión más clara de la situación, facilitando la negociación para alcanzar acuerdos entre las partes sin llegar a la vía judicial.

Durante el encuentro se intentará propiciar un acuerdo y proponer posibles soluciones y, en caso de conseguir la conformidad de ambas partes, el pacto se rubrica con un convenio de mediación. Este convenio no tendrá carácter vinculante ni valor de contrato, pero sí certifica su compromiso de resolver el conflicto de forma consensuada.

Durante el desarrollo del encuentro, las partes acatarán las siguientes normas:

  • La mediación es voluntaria y cada una de las partes es libre de retirarse en cualquier momento.
  • Durante las sesiones de mediación no se interrumpirán las intervenciones del turno de palabra y existirá respeto mutuo entre las partes.
  • Tanto las partes, como el mediador, se comprometen recíprocamente a respetar el deber de confidencialidad.
  • La función del/la mediador/a consiste en escuchar, cerciorarse de haber entendido la situación en su totalidad y determinar con las partes cómo pueden llegar a resolver su problema. No es la opinión del mediador la que vale, sino la de las partes, ya que no tiene autoridad para imponer una decisión, sino indicar las diferentes opciones y soluciones a la situación.
  • Todo acuerdo alcanzado dependerá sólo de la voluntad de las partes y tendrá el alcance que ellas determinen.
  • El/la mediador/a tendrá la libertad de dar por terminada la mediación si comprobare que no tendrá éxito; si alguna de las partes no actúa de buena fe o si hubiere cualquier tipo de amenaza, falta de respeto o insultos entre las partes.
  • Los acuerdos o compromisos a los que se lleguen, serán firmados por las partes para su cumplimiento.
  • Si la mediación no resultare con un acuerdo entre las partes, éstas podrán acudir a otro sistema de ayuda.
  • Si existiera modificación o incumplimiento del convenio, se recomienda acudir nuevamente al Servicio de Mediación Vecinal, o bien, utilizar otras vías.