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OMIC

Sistema Arbitral de Consumo

¿Qué es el Arbitraje?

El arbitraje de consumo es un procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos entre comerciantes y consumidores o usuarios, nunca entre particulares, regulado por la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y por el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo. Este sistema se encuentra en pleno auge, debido a sus notables ventajas para resolver conflictos: es gratuito para las partes (que sólo en determinados supuestos tienen que costear la práctica de peritajes), rápido (los expedientes se tramitan en un espacio corto de tiempo), eficaz (se resuelve sin necesidad de recurrir a la vía judicial), voluntario (ambas partes se someten libremente al arbitraje) y ejecutivo (los laudos son de obligado cumplimiento para empresario y consumidor).

Las ventajas del Sistema Arbitral de Consumo para ambas partes son:

  • Voluntariedad: se necesita el consentimiento de ambas partes para utilizar este sistema.
  • Gratuidad: el procedimiento no tiene ningún coste para las partes e incluso las pruebas son gratuitas cuando las propone el órgano arbitral.
  • Rapidez: se resuelve en un plazo máximo de 6 meses desde el inicio del procedimiento.
  • Ejecutividad: los laudos arbitrales son de obligado cumplimiento para ambas partes.
  • Sencillez: para iniciar el procedimiento, el consumidor rellenará un sencillo impreso que se puede obtener y presentar en la Junta Arbitral de Consumo, en la OMIC o en las Asociaciones de Consumidores. No se necesita abogado.
  • Imparcialidad: los árbitros deben ser imparciales y pueden ser recusados por las partes si existen causas justificadas que hagan dudar de su imparcialidad. No pueden actuar como árbitros quienes hayan intervenido como mediadores en el mismo asunto o en cualquier otro que tuviera relación estrecha con aquel.

 

Para los consumidores y usuarios, es el cauce más adecuado para que los consumidores o usuarios puedan hacer valer sus derechos sin las dificultades que, normalmente, supone para ellos acudir a la vía judicial.

Para las empresas y profesionales, refuerza la confianza de los consumidores en aquellas empresas que ostentan el distintivo de adhesión al sistema, ya que saben que en caso de conflicto entra en juego un procedimiento para resolverlo que es rápido, eficaz y gratuito.

En definitiva, el sistema Arbitral de Consumo permite a las dos partes resolver controversias sin gastos, con rapidez y sin necesidad de acudir a los Tribunales de Justicia.

 

Arbitraje de consumo