Aprobación inicial del presupuesto general del Ayuntamiento de Miguelturra para el año 2009
El Ayuntamiento de Miguelturra, mediante la sesión plenaria de carácter extraordinaria celebrada el día 23 de diciembre de 2008, entre otros, ha adoptado el acuerdo de aprobación inicial del Presupuesto General de este Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos para 2009.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y normas concordantes, se hace público para general conocimiento, que el expresado expediente estará expuesto en las dependencias de la Intervención
Municipal de Fondos por el plazo de los quince días siguientes al de la publicación del presente anuncio en el Boletín
Oficial de esta Provincia (lunes 5 de enero de 2009) durante los cuales, los interesados podrán examinarlo y presentar, en su caso, las reclamaciones que estimen pertinentes ante el Pleno del Ayuntamiento.
En el supuesto de que se formulen reclamaciones el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. No
obstante, si en el expresado plazo no se hubiere formulado reclamación alguna, el presupuesto general se considerará definitivamente aprobado y será insertado, resumido por capítulos, en el Boletín oficial de la provincia entrando en vigor en la fecha en que se produzca la última publicación mencionada.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y normas concordantes, se hace público para general conocimiento, que el expresado expediente estará expuesto en las dependencias de la Intervención
Municipal de Fondos por el plazo de los quince días siguientes al de la publicación del presente anuncio en el Boletín
Oficial de esta Provincia (lunes 5 de enero de 2009) durante los cuales, los interesados podrán examinarlo y presentar, en su caso, las reclamaciones que estimen pertinentes ante el Pleno del Ayuntamiento.
En el supuesto de que se formulen reclamaciones el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. No
obstante, si en el expresado plazo no se hubiere formulado reclamación alguna, el presupuesto general se considerará definitivamente aprobado y será insertado, resumido por capítulos, en el Boletín oficial de la provincia entrando en vigor en la fecha en que se produzca la última publicación mencionada.