Aprobación inicial de dos Ordenanzas municipales del Ayuntamiento de Miguelturra.
El Boletín Oficial de la Provincia de fecha 12 de abril de 2013, viernes, publica dos anuncios relativos a la aprobación inicial de ordenanzas del Ayuntamiento de Miguelturra, que a continuación se les da traslado en esta noticia, a la par que también pueden encontrar todos los anuncios municipales en la sección "Ayuntamiento", subsección "Tablón de Anuncios", en este portal web.
TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL.
Esta Corporación Municipal, en sesión plenaria de carácter ordinario celebrada el día 4 de abril de 2013, ha adoptado, en otros, acuerdo relativo a la modificación de la ordenanza fiscal municipal número 16.-Tasa por prestación del servicio de escuela infantil municipal.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y normas concordantes, se hace público para general conocimiento, que el expresado expediente estará expuesto en las dependencias de la Tesorería de esta Corporación por el plazo de los treinta días siguientes al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia durante los cuales, los interesados podrán examinarlo y presentar, en su caso, las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.
Finalizado el período de exposición pública, el Pleno del Ayuntamiento adoptará el acuerdo definitivo que entienda procedente, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando, en su caso, la redacción definitiva de la ordenanza expresada. En el caso de que no se formulen reclamaciones en forma en el plazo expresado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
Miguelturra, 8 de abril de 2013.-El Alcalde, Román Rivero Nieto.
USO DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO EN EL MUNICIPIO DE MIGUELTURRA.
Esta Corporación Municipal, en sesión plenaria de carácter ordinario celebrada el día 4 de abril de 2013, ha adoptado, entre otro, acuerdo relativo a la aprobación inicial de la ordenanza municipal sobre el uso del sistema de saneamiento en el municipio de Miguelturra.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y normas concordantes, se hace público para general conocimiento, que el expresado expediente estará expuesto en las dependencias de la Tesorería de esta Corporación por el plazo de los treinta días siguientes al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de esta Provincia durante los cuales, los interesados podrán examinarlo y presentar, en su caso, las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.
Finalizado el período de exposición pública, el Pleno del Ayuntamiento adoptará el acuerdo definitivo que entienda procedente, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando, en su caso, la redacción definitiva de la ordenanza expresada. En el caso de que no se formulen reclamaciones en forma en el plazo expresado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
Miguelturra, a 8 de abril de 2013.-El Alcalde.
TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL.
Esta Corporación Municipal, en sesión plenaria de carácter ordinario celebrada el día 4 de abril de 2013, ha adoptado, en otros, acuerdo relativo a la modificación de la ordenanza fiscal municipal número 16.-Tasa por prestación del servicio de escuela infantil municipal.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y normas concordantes, se hace público para general conocimiento, que el expresado expediente estará expuesto en las dependencias de la Tesorería de esta Corporación por el plazo de los treinta días siguientes al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia durante los cuales, los interesados podrán examinarlo y presentar, en su caso, las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.
Finalizado el período de exposición pública, el Pleno del Ayuntamiento adoptará el acuerdo definitivo que entienda procedente, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando, en su caso, la redacción definitiva de la ordenanza expresada. En el caso de que no se formulen reclamaciones en forma en el plazo expresado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
Miguelturra, 8 de abril de 2013.-El Alcalde, Román Rivero Nieto.
USO DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO EN EL MUNICIPIO DE MIGUELTURRA.
Esta Corporación Municipal, en sesión plenaria de carácter ordinario celebrada el día 4 de abril de 2013, ha adoptado, entre otro, acuerdo relativo a la aprobación inicial de la ordenanza municipal sobre el uso del sistema de saneamiento en el municipio de Miguelturra.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y normas concordantes, se hace público para general conocimiento, que el expresado expediente estará expuesto en las dependencias de la Tesorería de esta Corporación por el plazo de los treinta días siguientes al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de esta Provincia durante los cuales, los interesados podrán examinarlo y presentar, en su caso, las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.
Finalizado el período de exposición pública, el Pleno del Ayuntamiento adoptará el acuerdo definitivo que entienda procedente, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando, en su caso, la redacción definitiva de la ordenanza expresada. En el caso de que no se formulen reclamaciones en forma en el plazo expresado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
Miguelturra, a 8 de abril de 2013.-El Alcalde.