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A raíz de su publicación en el Diario Oficial de Castilla La Mancha del 25 de febrero. Pueden solicitarlo aquellas personas físicas que cumplan los requisitos que se describen en esta Orden.

Abierto el plazo para solicitar las ayudas de emergencia social en Castilla La Mancha para el año 2013.

El Decreto 179/2002, de 17 de diciembre, de Desarrollo del Ingreso Mínimo de Solidaridad, Ayudas de Emergencia Social y Prestaciones Económicas en favor de colectivos desfavorecidos, y de la colaboración y cooperación en materia de Servicios Sociales, tiene por objeto el desarrollo de un sistema coordinado de acciones positivas dirigidas a las familias e individuos en situación de desventaja social, con el fin de proporcionarles los medios económicos suficientes con que atender las necesidades básicas de la vida y actuaciones tendentes a superar la marginación en que se encuentran.

Entre estas acciones positivas, se encuentran las ayudas de emergencia social, que constituyen prestaciones no periódicas, de carácter económico, destinadas a atender situaciones de urgente y grave necesidad, excepcionales y previsiblemente irrepetibles, que no pueden ser atendidas a través de ningún otro recurso, con el fin de prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social y favorecer la integración de las personas.

Con esta previsión reglamentaria, la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales publicó la Orden de 1 de junio de 2012, que estableció con carácter indefinido las bases reguladoras para la concesión, en régimen de evaluación individualizada, de las ayudas de emergencia social previstas en el Decreto 179/2002.

Esta Orden dispone en su base primera que, en ejercicios sucesivos, las convocatorias para la concesión de las ayudas amparadas en las referidas bases reguladoras se realizarán mediante resolución de la persona titular de la Dirección General competente para la gestión de estas prestaciones económicas.

En su virtud y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 10.k) del Decreto 98/2012, de 19 de julio, de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, esta Dirección General de la Familia, Menores y Promoción Social,

Dispone:
Primero. Objeto y personas solicitantes de estas ayudas.

1. Esta Resolución tiene por objeto convocar para el año 2013, las ayudas de emergencia social, cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden de 1 de junio de 2012, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de emergencia social en Castilla-La Mancha.

2. Podrán concurrir a la presente convocatoria las personas físicas que cumplan los requisitos generales y específicos en función de la modalidad de ayuda solicitada, establecidos en la base cuarta de la Orden de 1 de junio de 2012, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales.

2. Las solicitudes podrán presentarse:
a) En el Registro de los Servicios Centrales de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales o en el de sus Servicios Periféricos, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

b) Mediante fax, al número de los Servicios Centrales de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (925 287009) o a los números de los Servicios competentes en materia de Prestaciones de los Servicios Periféricos: 967 501320 (Albacete), 926 276787 (Ciudad Real), 969 176959 (Cuenca), 949 885869 (Guadalajara) y 925 269027 (Toledo).

c) Mediante llamada al teléfono 012 si se llama desde Castilla-La Mancha o en el teléfono 902 267090 si se llama desde fuera de la región.

d) Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección: http://www.jccm.es.

3. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde la publicación de la presente Resolución de convocatoria con la aprobación del crédito disponible hasta el final del ejercicio o el agotamiento del crédito si es anterior.


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docm.castillalamancha.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1361279775385550460