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Con la promulgación de la Constitución de 1978, la protección de los consumidores y usuarios se convierte en un principio básico que obliga al Estado asegurar a los ciudadanos sus derechos y libertades en este ámbito.

15 de marzo: Día Mundial de los Derechos del Consumidor.

Un año más el 15 de Marzo se conmemora el Día Mundial de los Derechos del Consumidor, para recordarnos que todos somos consumidores.

Con la promulgación de la Constitución de 1978, la protección de los consumidores y usuarios se convierte en un principio básico que obliga al Estado asegurar a los ciudadanos sus derechos y libertades en este ámbito. Así, en su artículo 51 se ordena a los poderes públicos que:

- Garanticen la defensa de los consumidores y usuarios.
- Protejan su seguridad, salud e intereses económicos.
- Promuevan la información y la educación de consumidores y usuarios.
- Fomenten las organizaciones de consumidores y usuarios y las oigan en lo que pueda afectar a éstos.

Cumpliendo con el mandato de la Constitución, las Cortes Generales aprobaron la Ley 26/84, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Esta Ley, y las promulgadas al efecto por las Comunidades Autónomas, en la nuestra, la Ley 3/1995, de 9 de marzo, del Estatuto del Consumidor de Castilla-La Mancha, constituyen las bases sobre las que se asienta la protección y defensa de los consumidores y usuarios, que no excluye ni suplanta otras actuaciones y desarrollos normativos derivados de ámbitos competenciales cercanos o conexos, tales como la legislación mercantil, penal o procesal y las normas sobre seguridad industrial, higiene y salud pública, ordenación de la producción y comercio interior.

DERECHOS BÁSICOS DE LOS CONSUMIDORES

1. Derecho a la protección de su salud y seguridad.
2. Derecho a la protección de sus intereses económicos y sociales.
3. Derecho a una información correcta.
4. Derecho a la educación y formación.
5. Derecho a la representación consulta y participación.
6. Derecho a la protección jurídica, administrativa y técnica en situaciones de inferioridad, subordinación o indefensión.
7. Derecho a la indemnización o reparación de daños y perjuicios sufridos.


CONSEJOS PARA LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS

- Evite las compras innecesarias. Compre de acuerdo con sus necesidades
- Lea detenidamente las etiquetas e instrucciones de uso
- Preste atención a las fechas de caducidad o consumo preferente
- Exija siempre presupuesto previo por escrito al contratar un servicio
- No firme ningún contrato sin leer previamente su contenido
- Exija siempre factura o ticket de compra
- La publicidad debe ser siempre clara y precisa y su contenido exigible
- Exija la entrega del resguardo de depósito cuando deje un objeto en un establecimiento para la prestación de un servicio
- Exija el cumplimiento de la Ley de Garantías
- Solicite Hoja de Reclamaciones en caso de desacuerdo
- Al adquirir una vivienda solicite información sobre características, precio, garantías...
- Cuidado con lo servicios de tarificación adicional (nº 803, 806, 809 y 907). Puede solicitar la desconexión.
- Para una mayor garantía compre en establecimientos adheridos al Sistema Arbitral de Consumo.


Para más información o cualquier duda acuda a la O.M.I.C.